25 de Noviembre de 2024 /
Actualizado hace 1 hora | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Columnista Online

Trabajar a destiempo, el metaverso y los juegos ‘blockchain’

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Enán Arrieta Burgos

Profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad Pontificia Bolivariana

Correo electrónico: enan.arrieta@upb.edu.co

 

Las normas laborales, ancladas a una ontología del tiempo y del espacio en crisis, se enfrentan a nuevos desafíos. Si con la pandemia muchos se acostumbraron a trabajar a cualquier hora del día y desde cualquier lugar del mundo, con las recientes disrupciones tecnológicas, los retos, lejos de reducirse a cuestiones como el horario, la jornada laboral y el lugar de trabajo, parecen hacerse más complejos. Veamos dos ejemplos: el trabajo en el metaverso y a través de videojuegos de blockchain.

 

Mark Zuckerberg, en febrero del 2022, rechazó la descripción del metaverso como un espacio virtual. Para Zuckerberg, el metaverso, más que un lugar, hacía referencia a un momento en el que se vive una experiencia inmersiva en el mundo digital. Concebir el metaverso como un no-lugar tiene, incluso, profundas connotaciones antropológicas –pienso en Marc Augé–: una experiencia transitoria y mediada por relaciones de consumo que resignifica nuestra identidad y anonimato. Trabajar a través de un avatar para otro avatar, aunque suene exótico, es hoy una realidad. Los eventos en el metaverso necesitan ser atendidos. Las fiestas y los conciertos deben ser ambientados por artistas y profesionales del entretenimiento. Los yates requieren de tripulaciones. Las tiendas de marca necesitan vendedores. Estos usuarios prestan servicios en una realidad virtual alojada en un servidor con sede en Estonia –por ejemplo–, desde hogares, oficinas, centros comerciales o sitios de coworking en Colombia, para otros usuarios con sede en cualquier lugar del mundo.

 

Un fenómeno más frecuente se vive en algunos países en desarrollo. En Filipinas, Venezuela, Argentina y Colombia, entre otras naciones, es posible encontrar “bodegas” de gamers que perciben una remuneración derivada de videojuegos de blockchain. El modelo de negocio incluye tanto trabajadores asalariados como autónomos. En algunas ocasiones, la “bodega” contrata personas ubicadas en cualquier lugar del mundo, a menudo nómadas digitales, para que “críen” una mascota (en Axie Infinity es una especie de NFT o token no fungible) que, una vez desarrollada, se puede vender a un alto precio. Esta mascota, además, al combatir con otros monstruos, permite obtener recompensas en criptomonedas (una de ellas es la smooth love potion (SLP) o poción de amor suave). En otras ocasiones, la “bodega” solo facilita las condiciones logísticas para garantizar la operación las 24 horas al día, los 7 días de la semana y, a cambio de ello, obtiene un porcentaje de la utilidad por la venta de mascotas o adquisición de SLP. Desde luego, este no es el único ejemplo. Hoy, existen múltiples opciones de “play to earn” que ofrecen empleos a cultivadores, criadores, artesanos y constructores que, entre ocupaciones, se requieren en el mundo de las criptomonedas y los NFT. Una columna especial merecería abordar a quienes se dedican a minar criptoactivos.

 

Estas realidades disruptivas cuestionan el mundo del trabajo: ¿jugar y trabajar?, ¿en qué espacio se presta el servicio: el metaverso, el lugar que aloja el servidor, el país donde se ubica la bodega o el país o los países por donde transita el nómada digital?, ¿cuál es la dimensión temporal del servicio?, ¿se aplica, por ejemplo, el horario de Colombia o de Filipinas o, tal vez, el horario permanente en el que el hardware o el software funcionan de forma automática?, ¿qué tipo de remuneración son las criptomonedas, los NFT y, en general, los criptoactivos?, ¿qué cobertura existe frente a los riesgos laborales asociados a estas tecnologías? Todas estas preguntas y muchas más, desde luego, no pueden quedarse sin respuesta.

 

El mundo espectral de las formas jurídicas siempre cuenta con algún inciso, parágrafo, precedente remoto o fundamento analógico para calificar o descalificar estas realidades. Pero, más allá de considerarlas como “estrategias de precarización” que responden a casos atípicos, en verdad, estas disrupciones problematizan los fundamentos filosóficos del trabajo. Fundamentos que, desde hace décadas, se encuentran en entredicho por la informalidad, el trabajo a distancia, los requerimientos de flexibilidad de las nuevas generaciones, el nomadismo digital y la economía de las plataformas, entre otras realidades.

 

Quizás valga la pena seguir la pista que sugiere el profesor Michele Tiraboschi y repensar, desde múltiples enfoques, una nueva ontología del trabajo y del discurso jurídico laboral.

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