Inexequible aplicación retroactiva de caducidad de la potestad administrativa sancionatoria
Publican texto del fallo que declaró inexequible con efectos retroactivos una expresión de la Ley 2195 del 2022.
Publican texto del fallo que declaró inexequible con efectos retroactivos una expresión de la Ley 2195 del 2022.
La demandada deberá aplicar enfoque diferencial positivo a la hora de retirar estudiantes que pertenezcan a grupos vulnerables.
Si bien se están adelantando los trámites necesarios para la convocatoria, no se ha cumplido lo dispuesto en la norma.
Tiene el deber legal de dedicar la totalidad del tiempo reglamentario al desempeño de las labores que le fueron encomendadas.
Los árbitros carecen de jurisdicción para pronunciarse sobre esas disposiciones.
De acuerdo con la demanda, se está trasladando indiscriminadamente al juez de restitución de tierras funciones que corresponden a otra rama del poder público.
De acuerdo con la demanda, la norma acusada faculta a la Administración a investigar hechos ocurridos antes de la expedición de la Ley 2195.
Se busca suplir las vacantes que dejan Óscar Darío Amaya Navas y César Palomino Cortés.
Este incremento, señaló el Defensor del Pueblo, aplica a partir del próximo 1 de julio y cubre hasta el 31 de diciembre del 2024.
Actos administrativos que han perdido fuerza ejecutoria son susceptibles de control judicial.
Accionado debe cumplir las recomendaciones de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca.
Dichas medidas deben ofrecer alternativas de reubicación o de tránsito a la formalidad para continuar recibiendo ingresos.
Se declaró de oficio excepción de inconstitucionalidad en materia disciplinaria respecto del inciso segundo del artículo 45 de la Ley 1551/12.