Invitado
Jorge Enrique Vélez García: “Al Gobierno no le temblará la mano para reclamarle la tierra al que sea”
27 de Noviembre de 2012
Con la expedición de la Ley 1579 del pasado 1º de octubre, pasó a la historia el añejo Decreto-Ley 1250 de 1970 y sus reformas, que por más de 40 años regularon el registro de instrumentos públicos en el país. El objetivo del nuevo estatuto es armonizar este tipo de procesos, teniendo en cuenta los permanentes avances tecnológicos y los retos que normas como la Ley de Víctimas y de Restitución de Tierras (L. 1448/11) imponen en esta materia.
En conversación con ÁMBITO JURÍDICO, Jorge Enrique Vélez García, superintendente de Notariado y Registro, explicó los puntos más importantes de la nueva disposición.
ÁMBITO JURÍDICO: ¿Por qué se tardó tanto el país en modernizar su registro inmobiliario?
Jorge Enrique Vélez García: Esa es una muy buena pregunta. Yo creo que, en su momento, no existía la voluntad política. No obstante, hay un tema que marcó un hito: la Ley de Víctimas y de Restitución de Tierras, pues la vieja normativa no nos daba la tranquilidad y la seguridad jurídica necesarias para desarrollar esa disposición. Por eso, el presidente de la República y el ministro Germán Vargas Lleras le presentaron al Congreso un nuevo Estatuto de Registro de Instrumentos Públicos.
Á. J.: ¿Cómo trabajarán conjuntamente la Superintendencia de Notariado y Registro (Supernotariado) y el Consejo Superior de la Judicatura en la aplicación de la Ley de Víctimas?
J. E. V. G.: La nueva ley facilita todo el tema de registro. Este es el primer Estatuto Registral que se adapta a las tecnologías de la información y las comunicaciones, a la regionalización, al concurso registral, a los baldíos, etc. Mire, uno de los temas más graves que tenemos es que los baldíos no tienen registros, razón por la cual muchas tierras en Colombia se pudieron hurtar o despojar. Con el nuevo estatuto, se va a registrar todo el territorio colombiano, es decir las 114 millones de hectáreas, lo que, obviamente, va a cerrar la puerta a cualquier posibilidad de que existan despojos.
Á. J.: Concretando un poco, ¿cómo se van a registrar los baldíos?
J. E. V. G.: Hay un principio general: lo que no está registrado es baldío. Las zonas urbanas serán adjudicadas por los alcaldes, y las rurales, por el Incoder. ¿Qué debemos hacer? Determinar cuántos son los baldíos, estudio que efectuaremos con el Incoder y con Parques Nacionales. En este último caso, será un solo registro por parque, por ejemplo, el Parque Tayrona tendrá un registro. A los que no estén en este ítem, les haremos el registro a nombre del Incoder.
Á. J.: ¿Cómo se facilitará el trabajo de los jueces agrarios y, en general, los temas civiles en donde estas pruebas son fundamentales?
J. E. V. G.: La Supernotariado está trabajando directamente con esos jueces, ayudándoles a hacer todo el estudio de títulos. Nosotros tenemos la historia de la tierra en Colombia, y cualquier decisión que tengan que tomar los jueces, la harán con base en un análisis de títulos que nosotros hacemos. Un juez no puede conceder un derecho simplemente porque un particular le entrega un título. Somos la única autoridad que puede decir si el título es cierto o no y quién es el dueño, pues tenemos registros históricos desde 1750. Así, nosotros somos unos ‘auxiliadores jurídicos’ de los jueces, para que ellos tomen las determinaciones con la judicialización y la objetividad que lo tienen que hacer.
Á. J.: La nueva norma da un plazo de cinco años para que se unifique la información de inmuebles. ¿Qué se va a hacer en este periodo?
J. E. V. G.: Sistematizar. Este es un estatuto que está hecho para el futuro, pues le permitirá al ciudadano no hacer gestiones presenciales y evitar, como lo dijo el presidente Santos, trámites innecesarios. La idea es que usted pueda crear el certificado desde su oficina, hacer una minuta en la página de la Supernotariado y mandar la escritura a la notaría con firma electrónica, para que el notario ponga su firma y traslade el registro, bajo la política de ‘cero papel’. Esa es la meta a la que tenemos que llegar en cinco años.
Á. J.: Aún existe una brecha importante en materia tecnológica en regiones apartadas, ¿cómo cerrarla en estos temas?
J. E. V. G.: Nosotros únicamente tenemos 192 oficinas de registro en el país, para 1.101 municipios. El estatuto permite que las oficinas de planeación y las notarías municipales reciban la documentación, para que nos la envíen por internet. Todas tienen sistemas de comunicación electrónica, así que no vamos a tener mayores dificultades en ese tema.
Á. J.: ¿Cómo mejorará el registro en Bogotá, pues son muy pocas las oficinas para la dimensión de la capital del país?
J. E. V. G.: Ya empezó a funcionar la Ventanilla Única de Registro. En Bogotá, usted no está obligado a ir una oficina de registro a llevar sus documentos. Desde las notarías, se hacen registros, se expiden paz y salvos y se efectúan pagos. Es el notario el que se encarga de hacernos llegar la documentación a nosotros.
Á. J.: ¿Cómo se llevará a cabo la carrera registral?
J. E. V. G.: Tuvimos un éxito muy importante con la Universidad Nacional de Colombia, que va a realizar el concurso de registradores. Esta institución se encargará de desarrollar todo el proceso, que se abrirá para 176 registradores, no para 192, porque hay 16 que están en una carrera que se hizo hace como 20 años. El 50 % del concurso será un examen académico, el 30 % corresponde a los antecedentes jurídicos y estudios académicos, y el 20 % restante es una entrevista, no de personalidad, sino de un caso puntual, en el que se hará un análisis de la posible reacción del registrador cuando le llegue determinada situación, que los jurados conoceremos cinco minutos antes de la entrevista.
Á. J.: ¿Qué pasará con la planta actual?
J. E. V. G.: Tienen la posibilidad de que continúen en el cargo, si ganan el concurso; si lo pierden, entrarán otras personas.
Á. J.: ¿Cómo se desarrollará el tema de la responsabilidad de los registradores frente al funcionamiento de sus oficinas?
J. E. V. G.: Eso tiene que ver con la intervención de las oficinas. Antes, si había problemas disciplinarios graves, de corrupción, de desgreño administrativo, de comunicación entre el registrador y los empleados, etc., nosotros no podíamos intervenir. Ahora, se dan varios tipos de intervención, según la gravedad, hasta el punto de que podemos retirar completamente al registrador de sus funciones. Eso lo hace directamente el superintendente. Pero la intervención no significa sanción, sino la posibilidad de que se estudie lo que está pasando.
Á. J.: ¿Para qué es el registro móvil?
J. E. V. G.: ¿Qué ha pasado en el país? Les hemos entregado a muchas personas la resolución del Incoder que les adjudica una tierra o una casa, pero estas nunca las registraron. Entonces, esos colombianos creen que son propietarios y esconden la escritura debajo de la cama como si fuera el gran tesoro. Uno les pregunta: “¿usted ya registró?” Y responden: “no”. La unidad móvil se encarga de buscar al ciudadano, para explicarle el tema, hacer el registro y entregarle inmediatamente el certificado de libertad. Ya empezamos por los departamentos del Cesar y de La Guajira, con un éxito extraordinario.
Á. J.: ¿Ya están asegurados los recursos para implementar toda la tecnología que exige el nuevo estatuto?
J. E. V. G.: La titularidad en Colombia no puede hacerse pensando en poca inversión. El Presidente de la República siempre nos lo dijo: “que se invierta lo que sea necesario, pero hay que formalizar a los colombianos”. ¿Qué significa el registro? Primero, que el ciudadano garantiza su propiedad. Segundo, que este será sujeto a crédito. Y tercero, mayores ingresos para los municipios, pues se formalizan los bienes, y los ingresos por impuesto predial aumentan. En últimas, la formalización no es un gasto, sino una gran inversión.
Á. J.: ¿No le preocupa que se “molesten” los grandes terratenientes que tienen inmensas extensiones de tierra en el país?
J. E. V. G.: Le respondo con una frase que tenemos en el Gobierno: “no nos temblará la mano para reclamarle la tierra al que sea, bien se trate de alguien muy importante, poco importante o medianamente importante”. Nosotros no miramos ni cédulas ni nombres de particulares o de personas jurídicas. Lo que hacemos es actuar conforme al Derecho y al estatuto.
Á. J.: ¿Cómo queda el país después de esta normativa?
J. E. V. G.: Queda con una gran oportunidad histórica para que podamos legalizar la tierra en Colombia y para que realmente podamos saber qué tenemos, quién lo tiene y cómo lo tiene.
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