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Actualizado hace 23 minutos | ISSN: 2805-6396

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Roberto Augusto Serrato: “Hay que crear una cultura de la conciliación”

02 de Noviembre de 2011

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Nota:
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Foto: Humberto Pinto

 

El procurador delegado para la conciliación administrativa, Roberto Augusto Serrato Valdés, ha querido salirle al paso a quienes afirman que la conciliación es un instituto que no ha evolucionado, pues, con estadísticas en mano, señala que se ha avanzado ampliamente y se ha permitido un ahorro de más de 909.000 millones de pesos en lo que va corrido del 2011.

 

Desde el Ministerio Público, Serrato ha promovido el uso de esta figura en las entidades del Estado y, para ello, resalta los logros en las demandas interpuestas contra Cajanal. A este llamado, afirma, han respondido los ministerios de Defensa y Hacienda, la Superintendencia de Industria y Comercio y el Fondo de Fomento al Ahorro, entre otras entidades.

 

ÁMBITO JURÍDICO: ¿Es viable la conciliación como mecanismo alternativo de solución de conflictos?

 

Roberto Serrato Valdés: La visión ha sido crítica respecto de la conciliación como mecanismo alternativo de solución de conflictos. Sin embargo, desde 1991, a través de la Ley 23, se consagró la posibilidad de que las entidades de derecho público hicieran uso de este mecanismo respecto de las tres acciones indemnizatorias: nulidad y restablecimiento del derecho, reparación directa o controversias contractuales. Nosotros encontramos un cambio real y benéfico para las partes. Entonces, hay que crear una cultura de la conciliación, porque es el instrumento legal que permite no solo proteger el patrimonio estatal, que es de todos, sino restablecer los derechos de la ciudadanía, de una manera pronta y efectiva.

 

Á. J.: ¿Por qué esta figura no se estaba aplicando apropiadamente?

 

R. S. V.: En 1998, se presentó un hecho que causó mucho daño a la figura, que se conoce como el “síndrome de Dragacol”. El 6 de noviembre de ese año, se celebró una conciliación que tenía un componente de corrupción muy grande, y dio lugar a un desembolso patrimonial gravoso de casi 17.600 millones de pesos, cuando sólo se justificaba desembolsar 4.000 millones de pesos. Eso motivó investigaciones penales, disciplinarias y fiscales frente a los servidores públicos que participaron en el acuerdo. A partir de ese momento, todo cambió, porque a los funcionarios les generó temor acercarse a la figura. Lo cierto es que el legislador quiso corregir esta situación con la Ley 640 del 2001, en la que se fijó el control de legalidad de los acuerdos conciliatorios, por lo que se le da la certeza al servidor público de que uno de los mecanismos más seguros de comprometer recursos de la Nación es la figura de la conciliación.

 

Á. J.: ¿Se ofrece seguridad al funcionario para acudir a esta figura?

 

R. S. V: Cuando el administrador público cancela una conciliación o sufraga un pago derivado de un acuerdo conciliatorio, lo está haciendo no sobre una decisión propia, sino en virtud de la existencia de un crédito judicialmente reconocido, porque un juez de la República habilitó el pago y, por eso, no se afecta un rubro diferente al de sentencias y conciliaciones. El mensaje que se manda desde la Procuraduría General de la Nación es que el acuerdo conciliatorio exime de responsabilidades fiscales y disciplinarias a toda persona que llegue a comprometer el presupuesto público en ese contexto, dado el control de legalidad.

 

Á. J.: ¿El incentivo a la figura ha generado congestión en la Procuraduría?

 

R. S. V.: Luego de la Reforma a la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia (L. 1285/09), que estableció la conciliación como requisito, se expidió la Ley 1367 del 2009, mediante la cual se le dio más herramientas a la Procuraduría para atender las conciliaciones. Los resultados han sido exitosos. Se abordó de manera diferente el trabajo conciliatorio, pues se instauró la figura de la reconsideración a los comités de conciliación: cuando llega una solicitud de conciliación al procurador, en donde hay mérito para conciliar, es decir, existe una alta probabilidad de condena para el Estado, pero cuya posibilidad fue rechazada por la entidad demandada, el funcionario del Ministerio Público deja una constancia de que hay viabilidad y puede devolverla al abogado para que el comité reevalúe el asunto. El comité que encuentre este supuesto tiene que promover la conciliación, porque así protege el patrimonio público, garantiza derechos y le saca beneficios a la figura.

 

Á. J.: ¿Qué estrategias adelanta la Procuraduría para incentivar el uso de la figura?

 

R. S. V.: No solo esperamos que el caso llegue a la Procuraduría, sino que, en virtud de un programa institucional de fortalecimiento de los comités de conciliación, contenido en la Resolución 102 del 2011, ahora decidimos desplazarnos a los comités de conciliación, mirar su conflictividad, encontrar los escenarios donde más los condenan y aplicar la teoría conocida como el proceso masa o caso testigo. Hay escenarios de conflictividad en los que hay una línea jurisprudencial uniforme que siempre ha marcado un rumbo de condena. Entonces, cuando a la entidad se le revisa su vulnerabilidad y encontramos un escenario en el que se sabe que se va a perder, se busca que ese acuerdo llegue a instancias de la Procuraduría por petición del Ministerio Público y no por petición de parte.

 

Á. J.: ¿Cómo beneficia este instrumento al ciudadano del común?

 

R. S. V.: El ciudadano resulta beneficiado indirectamente. Por ejemplo, Cajanal tiene más de mil procesos por la aplicación de un régimen derivado. La entidad liquidó pensiones promediando los salarios de la última década, pero el Decreto 546 de 1971 señaló que la pensión se debía liquidar con base en el salario más alto. La jurisprudencia advirtió que Cajanal estaba equivocada y debía hacerse el respectivo reconocimiento y restablecimiento del derecho. La Procuraduría se acercó a Cajanal y le dijo que esa era la forma correcta de hacerlo, la entidad aceptó la solicitud del Ministerio Público y entró a conciliar casi 1.061 expedientes en conflicto. Para el ciudadano, eso representa celeridad, pues ya no tiene que agotar un proceso legal para el reconocimiento de sus derechos.

 

 


 

 

Roberto Augusto Serrato Valdés

 

Estudios realizados: abogado de la Universidad Externado de Colombia, especialista en Derecho Administrativo de la Universidad Santo Tomás, magíster en Derecho Administrativo de la Universidad Sergio Arboleda y con estudios en Derecho Constitucional de la Universidad de Salamanca (España).

 

Cargos desempeñados: procurador primero delegado ante el Consejo de Estado, procurador provincial y miembro de la Junta de Licitaciones y del Comité de Conciliación de la Procuraduría General de la Nación.

 

Cargo actual: procurador delegado para la conciliación administrativa de la Procuraduría General de la Nación.

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