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Especiales / En ejercicio


“Hay que fortalecer el seguimiento a las licencias ambientales otorgadas”

11 de Abril de 2018

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Frente a la coyuntura relacionada con el otorgamiento de las licencias ambientales, el abogado Jorge Iván Hurtado Mora cree que es necesario que las autoridades responsables de esta actividad estén suficientemente empoderadas de personal idóneo y recursos financieros. Por esa razón, considera de gran importancia fortalecer su seguimiento.

 

ÁMBITO JURÍDICO: En fallos recientes, la Corte Constitucional ha desarrollado el tema de la administración de los recursos naturales, como el que ordenó la delimitación del páramo de Santurbán y el que reconoció al río Atrato como sujeto de derechos. ¿Cuál es su importancia?

 

Jorge Iván Hurtado Mora: Más allá de las controversias que han podido generar, la relevancia de estas decisiones judiciales puede dimensionarse desde varios vértices. Uno de los más destacables es la contribución al dinamismo del Derecho Ambiental, el cual encuentra en estas posiciones (para algunos, innovadoras, para otros, arriesgadas) una fuente que hasta ahora parecía estar gobernada por el sedentarismo conceptual y la reiteración. De otra parte, en los últimos años, la atención y el análisis de la Corte Constitucional han estado concentrados en seguir moldeando una línea jurisprudencial, ya generosa, sobre consulta previa. Así, estos fallos permiten reivindicar que la gestión ambiental es mucho más integral, y debe ser abordada desde otros escenarios.

 

Á. J.: Estos pronunciamientos han reconocido la importancia de la participación ciudadana en la gestión ambiental. Pero, ¿cómo se garantiza?

 

J. I. H. M.: La participación ciudadana en la gestión ambiental no es cuestión de poca monta y no puede reducirse a una simple socialización, cuando las decisiones sustanciales ya han sido adoptadas. La Corte, sobre todo en el fallo de Santurbán, le advierte a la autoridad ambiental la necesidad de promover un proceso de participación más amplio e incluyente para la nueva delimitación ordenada. Concretamente, la participación se garantiza salvaguardando el derecho de acceso a la información de la comunidad y dimensionando, por parte de la autoridad, que la participación no es solo un instrumento de legitimación procesal de una decisión.

Ahora bien, es de mayúscula importancia dimensionar que la administración del ambiente no solo está gobernada por la participación comunitaria, sino que la base técnica y científica es definitiva para una toma de decisiones más sostenibles. El reto sigue estando en armonizar y no hacer excluyentes estos dos factores.

 

Á. J.: La Sentencia T-733 del 2017, sobre Cerro Matoso, reabrió el debate frente a los criterios que sustentan el otorgamiento de las licencias ambientales. ¿Qué lectura hace de esta decisión?

 

J. I. H. M.: Sobre la sentencia aludida y en lo que atañe a la licencia ambiental, se advierte que, siendo esta el principal instrumento de control estatal sobre los recursos naturales y la herramienta administrativa creada para concretar el principio de desarrollo sostenible, es un imperativo su constante revisión, análisis o modificación, en aras de mitigar y compensar los impactos, que, de no ser así, promoverían serios y graves daños ambientales difíciles de enfrentar. Sin embargo, atendiendo la prevalencia y la salvaguarda del principio de legalidad, así como la seguridad jurídica, es necesario que esos cambios al instrumento se hagan a través de la vía legal y no por un fallo judicial, que, con el fin de salvaguardar válidamente unos derechos reclamados, se adjudique la competencia para modificar el régimen jurídico de la licencia ambiental. En síntesis, no hay una simetría entre el ordenamiento legal de la licencia y el contenido del fallo mencionado que ordena la expedición de una nueva licencia ambiental para un proyecto en ejecución.

 

Á. J.: ¿El marco legal que regula las licencias ambientales es suficiente para lograr la protección ambiental o está siendo mal aplicado?

 

J. I. H. M.: Creo que el problema no radica necesariamente en el marco legal de las licencias. Sí en la capacidad de las autoridades que, por ley, tienen la competencia de otorgarlas o negarlas. Si el otorgamiento de una licencia ambiental es el resultado de un estudio interdisciplinario que logra identificar con suficiencia los impactos que un proyecto puede generar, y correlativamente las medidas que los mitigan y compensan, es necesario que las autoridades responsables de esta actividad estén suficientemente empoderadas de personal idóneo y recursos financieros.

 

De otra parte, es urgente fortalecer el seguimiento a las licencias otorgadas; si se hace un análisis estadístico, se puede afirmar que las distorsiones ambientales originadas en la ejecución de proyectos tienen una gran conexión con procesos de seguimiento bastante precarios realizados por las autoridades, que simplemente dimensionaron su rol preponderante solo en la etapa de evaluación.

 

Á. J.: ¿Existen en Colombia los suficientes instrumentos jurídicos para proteger el daño ambiental frente a la normativa internacional?

 

J. I. H. M.: Colombia tiene una marcada vocación de respeto y acogimiento a los instrumentos internacionales en materia ambiental. De hecho, la mayoría se han constituido en la génesis de compendios normativos internos expedidos para regular el uso adecuado y sostenible de la oferta ambiental. Sin embargo, estimo equivocado el omitir un ejercicio elemental que permita matizar los contenidos de esos parámetros internacionales a una realidad diametralmente opuesta a donde fueron concebidos. No es lo mismo pensar el desarrollo sostenible en un cantón suizo que en algún municipio de nuestra costa Pacífica, solo por relacionar algún territorio.

 

Por lo demás, Colombia cuenta con variados y numerosos instrumentos de protección ambiental, autoridades de orden nacional, regional y local encargadas, por ley, de administrar los recursos naturales. No obstante, todo aquello no es suficiente sin la concurrencia de una voluntad política que logre dimensionar al ambiente, no como una cuestión accesoria en la cotidianidad del Estado, sino como un tema totalmente transversal y estratégico.

 

Jorge Iván Hurtado Mora

 

Estudios realizados: abogado de la Universidad Externado de Colombia, especialista en Gestión Pública e Instituciones Administrativas de la Universidad de los Andes y candidato a Doctor en Derecho de la Universidad Externado.

 

Cargos desempeñados: ha sido abogado de la Oficina Jurídica del Ministerio del Medio Ambiente, redactor del Régimen Legal del Medio Ambiente de Legis Editores S.A., asesor y Procurador Delegado para Asuntos Ambientales y Agrarios (e) de la Procuraduría General de la Nación. Así mismo, fue fiscal especializado en delitos contra el medio ambiente.

 

Ocupación actual: es consultor en Derecho Ambiental, profesor investigador de la Universidad Externado.

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