24 de Noviembre de 2024 /
Actualizado hace 23 horas | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Columnista Online

Reforma laboral en Colombia: ¿qué es lo nuevo?

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Luis Alfonso Acevedo Prada

Director Jurídico del Centro Jurídico Internacional

Cada vez que llega una propuesta de reforma, el país entra en una profunda conversación sobre qué significaría para nuestra sociedad. Ya sea una reforma tributaria, pensional o, como en este caso, laboral, surgirán muchas preguntas sobre si es buena, mala, a quién perjudicará o si, en efecto, es necesaria, preguntas de las que no se salva el reciente documento radicado por el Gobierno Nacional. Muchas veces, las respuestas dependen de las personas o el sector al que se le pregunte, siendo las opiniones ambiguas y difícilmente contradecibles si solo se tiene en cuenta dicha postura, pero, en esta ocasión, buscamos responder una pregunta clave: ¿qué es lo novedoso que trae la reforma laboral y por qué da tanto para analizar?

La reforma laboral presentada en esta legislatura ha recogido en parte los últimos lineamientos jurisprudenciales que ha emitido la Corte Suprema de Justicia en temas referentes a la estabilidad legal reforzada, teoría del contrato realidad, despido indirecto, discriminación laboral y proceso disciplinario, vislumbrándose, en este último caso, de forma novedosa, la determinación de un periodo de tiempo claro para el desarrollo del mismo, junto con el apalancamiento en la necesidad de la medición de resultados y factores objetivos de evaluación del trabajo.

De igual forma, la reforma busca parametrizar modelos de contratación para grupos poblacionales especiales, tales como el trabajador agrario, los deportistas, los micronegocios, los trabajadores de plataformas de mensajería y reparto, artistas y periodistas, entre otros. Siendo también un punto destacable que, en forma plausible, motiva la contratación de personas con discapacidad e impone su contratación en la mediana y gran empresa, procurando la apertura de las oportunidades laborales a este grupo que, por sí mismo, cuenta con dificultades para el acceso al trabajo formal.

Sin embargo, en otros campos, la reforma no tiene en cuenta un proceso de sensibilización e implementación o tan siquiera de transición, con el fin de que no se generen impactos en las tasas de desempleo y podrá traer como consecuencia la terminación masiva de contratos laborales de forma previa a su aprobación. El hecho de que por norma general se establezca que el contrato laboral deba ser a término indefinido y solo en casos especiales y con el cumplimiento de requisitos sea viable contratar mediante la figura de contrato a término fijo, sumado al aumento porcentual sobre el valor de las indemnizaciones derivadas de la terminación unilateral del contrato de trabajo, podrá traer como consecuencia la terminación próxima de contratos de trabajo de las personas que en la actualidad cuenten con una considerable antigüedad en una empresa.

Así mismo, el hecho de la nueva delimitación en las condiciones de utilización de contratos a término fijo supondrá la reevaluación de la necesidad de contratación de personal en las empresas, trayendo como consecuencia la disminución en la dinámica de contratación y generación de empleo a nivel nacional.

Con esta reforma continuarían los beneficios del Día de la Familia y además los tiempos para la realización de actividades de recreación, culturales, deportivas y de capacitación para las empresas de más de 50 trabajadores, los cuales habían sido promesa de retiro en la ley que fijó los parámetros de reducción horaria.

Efectivamente, se amplían los beneficios laborales en cabeza de los trabajadores con el aumento de los periodos de licencia y recargos suplementarios, pero lastimosamente no se tiene en cuenta que con respecto a la realidad actual del país y el aumento inflacionario que en los últimos años ha estado en dos dígitos y se proyecta a la terminación del 2023, estará alrededor del 11 %. Por ello, para las micros, pequeñas y medianas empresas se convertirán estas modificaciones a los costos laborales en un reto de sostenibilidad económica que podría retroceder el aumento de los puestos de trabajo derivado de los costos propios de la producción, cargas impositivas y margen de utilidad.

Finalmente, podemos afirmar que de la reforma laboral actual se extraen algunos temas muy positivos para la regulación de las relaciones laborales entre trabajadores y empleadores que apuntan a concentrarse en una regulación real. Y hay otros que, en la práctica, generarían riesgos en materia de la política laboral empresarial y los aumentos en los costos laborales que podrían traer como consecuencia un efecto de disminución de los márgenes de contratación y apertura de nuevos empleos. Aún queda mucho por debatir buscando que esta propuesta de reforma se convierta en un acuerdo para la mejora del sector laboral en Colombia, lo cual espero sea el resultado de esta concertación.  

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