Directiva que reconoce y protege derecho a la protesta social y pacífica no vulnera derechos fundamentales
Niegan tutela a congresistas y hacen precisiones sobre otros mecanismos como el control de nulidad por inconstitucionalidad.
Niegan tutela a congresistas y hacen precisiones sobre otros mecanismos como el control de nulidad por inconstitucionalidad.
Se promueve la resocialización de las personas condenadas en Estados diferentes al de su nacionalidad.
La sentencia escrita es obligatoria para garantizar la transparencia y el derecho al debido proceso en el sistema judicial.
El cumplimiento de la pena impuesta a un indígena por la justicia ordinaria se da bajo ciertas condiciones.
Se incurre en un error de hecho en la modalidad de falso juicio de identidad al tergiversar la declaración de un testigo.
Una vez comprobado que el agente padece un trastorno mental, corresponde al fallador discernir si tal condición anuló la capacidad de comprender la ilicitud de su conducta.
Condenan a la Fiscalía General de la Nación y a la Rama Judicial porque se demostró la ilegalidad de la medida de aseguramiento según la Ley 600 del 2000.
No está legitimado para presentar la demanda de casación contra una sentencia.
Se generó una vulneración del derecho a la libertad al permanecer el accionante en detención preventiva intramural a pesar de tener boleta de encarcelamiento para la domiciliaria.
Se vulnera el enfoque de género al imponer a la mujer patrones de comportamiento sexual adecuados o patriarcalmente aceptados para dar credibilidad a una acusación.
Es deber del funcionario judicial que realiza el control sobre la restricción de ponderar los derechos fundamentales que se encuentran en tensión.
En el caso bajo estudio se demostró que la etapa de juzgamiento en primera instancia se demoró cinco años, manifiestamente excesivos frente a los términos procesales previstos en la normativa rectora del proceso.
La sala de casación solo tendría un término de hasta cinco años contados desde la notificación de la sentencia de segunda instancia para resolver el recurso.