26 de Noviembre de 2024 /
Actualizado hace 6 horas | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Columnista Impreso

La invasión rusa a Ucrania: golpe frontal al orden mundial

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Matthias Herdegen

Director de los institutos de Derecho Público y de Derecho Internacional de la Universidad de Bonn (Alemania)

 

La brutal invasión de Rusia a Ucrania constituye la más grave violación al derecho internacional y el más flagrante asalto al orden internacional de las últimas décadas. Además de mutilar el “nuevo orden mundial” proclamado en 1990, con su cruel ataque el régimen ruso ataca de frente también al modelo democrático prevalente en el viejo continente. La reciente resolución de la Asamblea General de la ONU condenando la agresión evidencia el rechazo casi universal al asalto ruso. Ni siquiera los fervientes sátrapas prorrusos en América Latina se atrevieron a apoyar a su padrino político expresamente.

 

El mundo es testigo de un giro histórico que, en cierta medida, es peor que un relapso en la política hegemónica soviética. Incluso en los años más álgidos de la Guerra Fría, los viejos autócratas del Kremlin mostraron cierta racionalidad. El régimen ruso abandonó una política previsible, como lo atestiguan la amenaza de recurrir a la opción nuclear y la disposición de Vladimir Putin a asumir el alto precio del colapso económico de su país para mantener una guerra de agresión.

 

La invasión le confiere a Ucrania, como víctima de un ataque armado, el derecho de legítima defensa bajo el artículo 51 de la Carta de la ONU. Otros Estados pueden ofrecer a Ucrania apoyo, financiero y logístico, sin convertirse por ello en parte del conflicto. Este apoyo se extiende también al suministro de armas.

 

Cuando un tercer Estado entra a participar directamente en las hostilidades, se convierte en parte del conflicto. Esto, si terceros Estados consideraran un apoyo directo a Ucrania, enviando sus propias fuerzas armadas para brindar auxilio a este Estado agredido.

 

Tal participación, que hasta la fecha ningún Estado ha asumido, estaría cobijada por el concepto de legítima defensa colectiva del artículo 51 de la Carta de la ONU. Este escenario, aunque jurídicamente posible, es políticamente improbable.

 

El ejercicio de la legítima defensa, individual o colectiva, no requiere autorización del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, mientras este no haya tomado las medidas necesarias para restablecer la paz.

 

Ucrania solicitó ingreso a la Unión Europea (UE). El ingreso exige que el Estado acoja gradualmente estándares de la UE y, tras un proceso largo y complejo, culmina con un acuerdo de adhesión. Ahora bien, si Ucrania ya fuera miembro de la UE, se aplicaría la llamada “cláusula de asistencia” del Tratado de la Unión Europea (art. 42, párr. 7): “Si un Estado miembro es objeto de agresión armada (…) los demás Estados miembros le deberán ayuda y asistencia con todos los medios a su alcance…”.

 

Otro aspecto importante del conflicto es la posible responsabilidad penal de la línea de mando rusa, por crímenes de guerra cometidos en la invasión, tales como ataques indiscriminados contra objetivos civiles. Aunque Ucrania y Rusia no han ratificado el Estatuto de Roma, existen declaraciones de reconocimiento de jurisdicción por parte de Ucrania. El Fiscal de la Corte Penal Internacional ya adelanta una investigación.

 

¿Un régimen criminal en el directorio mundial? Ha llegado el momento de considerar opciones para suspender o terminar la membrecía de la Federación Rusa en la ONU, cuya mera participación como miembro permanente del Consejo de Seguridad asalta la funcionalidad del mismo. La letra de la Carta de la ONU establece requisitos insuperables para expulsar a un miembro permanente del Consejo de Seguridad. Por otro lado, el tenor de la Carta ni siquiera menciona a la Federación Rusa y se refiere solamente a la extinta Unión Soviética (URSS). Rusia asumió la curul de la Unión Soviética en el Consejo de Seguridad, con apoyo de los Estados sucesores de la URSS y gracias al beneplácito de los demás miembros del Consejo. El asalto ruso a los más elementales principios de la ONU podría considerarse como un factor que altera el ya precario fundamento jurídico de la sucesión.

 

Otro camino sería rechazar las credenciales de los representantes rusos en la ONU, como lo hizo la Asamblea General en 1974, para sancionar al apartheid en Sudáfrica. La atroz agresión rusa y su guerra contra la población civil de Ucrania justificarían una reacción similar. Hasta ahora, ni EE UU, ni otros países de occidente han considerado tan audaz paso. Un nuevo orden internacional no se podrá construir sin Rusia, pero tampoco con su régimen actual.

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