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Noticias / Civil


Anulan capitulaciones para reparar violencia de género

29 de Septiembre de 2022

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Una acción de tutela fue instaurada contra una decisión de un tribunal, se reclamaba la protección constitucional de los derechos fundamentales al debido proceso y a la defensa, presuntamente vulnerados por la autoridad judicial.

La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia tuvo en cuenta el argumento de una situación de violencia en contra la expareja, motivo suficiente para prevenir, erradicar y sancionar estos actos contra la mujer.

Recordó que en aras de hacer realidad la igualdad corresponde a los jueces identificar si el proceso sometido a su conocimiento debe ser revisado con perspectiva de género. Esta revisión debe ocurrir en cuanto el funcionario judicial evidencie:

  1. Una situación de asimetrías de poder entre los roles de género identificables.
  2. Patrones o actos de violencia, incluso sí solo ocurre una vez.
  3. Que la causa jurídica que se discute tiene conexión causal con la violencia que sufre o padeció por razón de su género una de las partes.

Por lo anterior, en el caso concreto, la Sala manifestó que no es desacertada la medida resarcitoria, por violencia de género sufrida en el momento de la ruptura de la unión marital de hecho, de dejar sin efectos las capitulaciones celebradas, al verificar que ellas servían de instrumento para ejercer violencia económica sobre la expareja, cohibiéndola del haber social construido durante el tiempo de la relación (M. P. Aroldo Wilson Quiroz Monsalvo).

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