26 de Noviembre de 2024 /
Actualizado hace 17 minutos | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Opinión / Ámbito del Lector

Ámbito del Lector


Del arte de la congestión judicial

29 de Febrero de 2012

Reproducir
Nota:
27224

 

 

Es una verdad de a puño: el servicio de justicia en Colombia está casi parado, como si estuviera en una huelga permanente. La justicia administrativa es una de las más congestionadas, hecho que ocasiona ineficiencia y pérdidas tanto al Estado como a los particulares que demandan una solución definitiva a sus reclamos. Se hacen esfuerzos para paliar la situación, pero resulta que el remedio es peor que la enfermedad.

 

El próximo mes de julio estrenaremos la Ley 1437, que adopta el nuevo código de lo contencioso administrativo. La ley introduce en Colombia el sistema oral para resolver las causas contencioso administrativas. Hasta ahora no hay una sala de audiencias que se haya probado como óptima para el funcionamiento del nuevo sistema. Son cerca de 400 los jueces y magistrados que requerirán un número igual de salas totalmente equipadas con última tecnología, si se quiere que la oralidad funcione eficazmente. Ya sabemos cómo funciona la contratación en Colombia. Apenas se han dado algunos pasos para esa dotación, pero todo está por hacer. Ni togas hay para tanta gente.

 

Los jueces y magistrados van a tener que lidiar con dos sistemas incompatibles durante muchos años. Por una parte, deberán adelantar y concluir miles de procesos del régimen escrito, el vigente. Por otra, deberán adelantar diariamente innumerables audiencias, propias del sistema oral. Se anticipa que no podrán ni con el viejo sistema escrito, que no es malo, ni con el nuevo, oral, que nadie ha demostrado que sea el mejor. De hecho, en España no funciona.

 

Figura entre las instituciones nuevas, que entrarán a regir el dos de julio del 2012, si nadie hace algo, la inefable demanda o petición de extensión de jurisprudencia al caso concreto. Se trata de un recurso judicial que aparenta ser sencillo y fácil. En efecto, cualquiera que crea o piense que existe una jurisprudencia de la Sala Plena del Consejo de Estado aplicable a su caso se ha de dirigir al propio Consejo de Estado para que en dos meses dicte una sentencia réplica, si la administración se negó a reconocerle el pretendido derecho.

 

Se dice que hay jurisprudencia para todo. Los abogados pueden intentar demostrar que una jurisprudencia sobre arrendamiento es aplicable a la compraventa. Vendrán, al principio,  cientos, y, al final, miles de peticiones de extensión de la jurisprudencia. Se intentarán ganar tanto los pleitos ya planteados como los que están por plantearse mediante ese recurso aparentemente expedito. Si finalmente el Consejo de Estado se abstiene de conceder el beneficio, vendrá la infaltable tutela para que la Corte Constitucional diga la última palabra. Si el peticionario logra convencer a los jueces de que tiene el derecho por virtud de una jurisprudencia, el Estado tendrá que pagar lo pertinente, todo eso, en un dos por tres, se supone.

 

El Consejo de Estado es una de las corporaciones más congestionadas de la Rama Judicial. Emite cerca de 9.000 fallos anuales, pero tiene en espera más de 15.000 asuntos. No es que no trabaje. Lo que pasa es que la demanda de justicia desborda a una corporación judicial de 27 magistrados.

El invento de la extensión de la jurisprudencia a un caso concreto, fuera de los problemas de filosofía del derecho que apareja, trae un lío de marca mayor, que no es otro que el  masivo y descontrolado uso que de seguro le darán tanto los neófitos como los expertos litigantes. ¿Qué dirá sobre esto la flamante Agencia para la Defensa Jurídica del Estado?

 

De hecho, a cuatro meses de entrada en vigor de esa nueva ley, tampoco hay ni salas ni espacios disponibles para que los magistrados del Consejo de Estado puedan resolver ese exótico recurso.

La capacitación de jueces y magistrados en el nuevo sistema oral es deficiente. La de los abogados litigantes es nula. Se avecina un atasco monumental en la jurisdicción de lo contencioso administrativo y, en especial, en el Consejo de Estado.

 

Hay varias maneras de congestionar la justicia. Una es aplicándole remedios peores que el mismo mal que se pretende atacar. Una muestra será el nuevo código de lo contencioso administrativo y la manera olímpica e improvisada como se pretende que entre en vigencia: sin apoyo, sin capacitación, sin anticipación alguna frente al manejo de las nuevas figuras procesales.

 

El fetiche de la ley escrita nos tiene cada día peor. Creemos que con dictar una ley y crear instituciones de papel, nuestros problemas se resolverán. No es así. Menos el problema verdadero: la exasperante demora que exhibe el sistema judicial para decidir un caso contencioso administrativo.

 

Hugo Bastidas Bárcenas

Consejero de Estado

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)