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Actualizado hace 1 hora | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Ámbito del Lector

Ámbito del Lector


Ley de vivienda: un desafío para el abastecimiento de agua potable

09 de Julio de 2012

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Nota:
26492

 

 

 

Uno de los mayores desafíos -quizás no advertidos con amplitud en el proyecto de ley de vivienda- era el tema de los servicios públicos, en especial, el de garantizar el abastecimiento de agua para los nuevos propietarios de las viviendas, en un país de por sí ya rezagado en coberturas de agua potable y saneamiento básico.

 

El reto no era de poca monta, pues construir 100.000 viviendas en un año tiene un impacto directo y considerable sobre los planes de inversión de las empresas prestadoras, que ya venían advirtiendo a los constructores, entre otros a los de macroproyectos de vivienda de interés nacional, sobre la imposibilidad de suministrar agua potable a los nuevos proyectos. Y, como si fuera poco, el proyecto de ley se presentó justo en lo fino del debate que abrió el Alcalde de Bogotá con su decisión de no continuar suministrando agua en bloque a los municipios de Cundinamarca.

 

En este contexto, la nueva ley de vivienda atendió a una de las necesidades más clamadas durante años por la empresas de acueducto y alcantarillado: la creación de un Fondo Nacional de Solidaridad, que operará en forma subsidiaria y de acuerdo al esfuerzo regional de asignación de recursos a los fondos locales, lo cual permitirá cubrir el déficit existente entre subsidios y contribuciones para atender la prestación de dichos servicios públicos. También prevé que la aprobación de instrumentos de gestión del suelo para vivienda de interés social y/o vivienda de interés prioritario incluya la autorización del giro directo de los recursos del sistema general de participaciones para el sector de agua potable y saneamiento básico, rompiendo así la tortuosa tarea de los prestadores de correr detrás del mandatario de turno para que paguen los subsidios.

 

En contraste, otras disposiciones pecan por ingenuas en su redacción. Exigir por ejemplo que los entes territoriales dispongan los recursos para la prestación del servicio público cuando la empresa manifieste que no está en capacidad de prestarlo es pensar que la ley alcanzará lo que la disposición constitucional no ha logrado cuando establece que es obligación de los entes territoriales garantizar la prestación del servicio, lo cual desconoce las realidades de muchos municipios como Cali y Cartagena, sin ir muy lejos. En igual sentido, establecer la obligatoriedad de la interconexión, que ya existe en la Ley de Servicios Públicos desde 1994, no va a resolver el limbo en que ha puesto Bogotá a la región.

 

En suma, la nueva ley de vivienda, en lo que respecta a los servicios públicos de agua potable y saneamiento básico, pronostica un salto positivo en la brecha del sector en subsidios y contribuciones, con el aliciente que no solo beneficiará a los dueños de las 100.000 viviendas, sino a todos los usuarios del país. Otros retos del sector quedarán para ser atendidos en un futuro.

 

Claudia Mora Pineda

Socia de Pinilla, Gonzalez y Prieto Abogados. Exviceministra de Agua y Saneamiento. Exviceministra de Ambiente

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