24 de Noviembre de 2024 /
Actualizado hace 15 horas | ISSN: 2805-6396

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Confirman suspensión de abogado que dilató procesos de corrupción en Chocó

18 de Noviembre de 2024

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Juez de paz fue sancionado por asumir competencia de un conflicto por petición unilateral (Freepik)

La Comisión Nacional de Disciplina Judicial (CNDJ) confirmó la sanción de suspensión en el ejercicio de la profesión proferida por la seccional Chocó contra un abogado que, en su papel de defensor de una exfuncionaria procesada por graves hechos de corrupción en el departamento del Chocó, acudió a maniobras de mala fe para dilatar el proceso y entorpecer la administración de justicia.

El caso se refiere a la exgerente liquidadora del Hospital San Francisco de Asís de Quibdó, quien en marzo del 2019 fue cobijada con medida de aseguramiento como presunta responsable de los delitos de peculado por apropiación en favor de terceros y celebración de contratos sin el cumplimiento de los requisitos legales en concurso homogéneo y sucesivo.

Según la Fiscalía General de la Nación, la exfuncionaria celebró un contrato por más de $ 1.300 millones para la organización y digitalización del archivo físico de documentos del centro asistencial, sin que se efectuaran las debidas cotizaciones y realizando pagos sin que el contratista terminara las obras encomendadas.

Responsabilidad fiscal

En enero del 2023, el Contralor General de la República profirió fallo con responsabilidad fiscal por $ 22.541 millones en contra de la exgerente cuestionada. Estos procesos de carácter penal y fiscal tuvieron eco en actuaciones disciplinarias que terminaron por vincular a quien en su momento hacía las veces de abogado defensor de la exagente liquidadora.

Entre otras cosas, se pudo establecer que el abogado mintió al manifestar que no podía acudir a una diligencia citada para el 5 de agosto del 2024 por haber sido convocado para la misma fecha en el marco de un proceso disciplinario en el que actuaba como defensor de otra persona. Sin embargo, luego de evaluar las pruebas, la primera instancia constató que la citación se había cumplido un día antes.

Para el alto tribunal, además de haber incurrido en una conducta antiética para entorpecer la administración de justicia, el investigado ignoró la trascendencia social de su comportamiento, teniendo en cuenta las implicaciones en procesos tan sensibles para una región que ha sufrido el rigor de fenómenos como la corrupción, la violencia y los desastres naturales (M. P. Magda Victoria Acosta Walteros).

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