Por falta de conexidad demandan norma sobre los centros de diagnóstico automotor
13 de Abril de 2023
Los ciudadanos instauraron acción pública de inconstitucionalidad en contra del artículo 6° de la Ley 2283 del 2023. Esta norma modifica la Ley 769 del 2002 y se reglamenta la actividad de los organismos de apoyo al tránsito, garantizando el buen funcionamiento de los centros de enseñanza automovilística (CEA), como mecanismo de prevención y amparo de la siniestralidad vial.
Los accionantes solicitaron declarar la inexequibilidad total del artículo 6° o, en su defecto, declarar la inexequibilidad de las expresiones “y con libertad de oferta”, “individual”, “de servicio particular”, “sin cargo o sobrecosto para el usuario”, y del último inciso de la norma, es decir: “los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) tienen la obligación de garantizar que en cada uno de sus establecimientos se ofrezcan los seguros obligatorios previstos en esta ley”.
Lo anterior, al considerar que no existe correspondencia entre el título de la Ley 2283 del 2023 y el contenido del artículo 6º. De acuerdo con la demanda, el título de la Ley 2283 del 2023 únicamente hace referencia al buen funcionamiento de los CEA y, por lo tanto, no tiene conexidad con la norma demandada que regula un asunto de seguros que deben ser adquiridos por los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA).
Por otra parte, los demandantes reprocharon que el artículo cuestionado se introdujo, por parte de la Comisión Sexta del Senado, sin discutirse en primer y segundo debate ante la Cámara de Representantes y aseguraron que la materia que regula no estaba comprendida dentro de lo previamente debatido. Ello, comoquiera que el proyecto de ley que inicialmente se estudió para resolver un problema jurídico propio de los CEA, al final, impuso obligaciones a cargo de los CDA (Demandantes: Carlos Eduardo Ossa Hernández y Juan Steinner Carvajal García).
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