Inexequibles expresiones que desconocen lo acordado sobre destinación de predios rurales objeto de extinción de dominio
30 de Junio de 2023
Varios ciudadanos presentaron demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 33A y 263 (parcial) de la Ley 599 del 2000 y 50 de la Ley 2197 del 2022 (normas tendientes al fortalecimiento de la seguridad ciudadana).
Los demandantes consideran que las disposiciones acusadas vulneran los artículos 64, 65 y 250 de la Constitución. En relación con los artículos 33A y 263 (parcial) del Código Penal, concluyó la Corte que los cargos formulados no cumplen los requisitos argumentativos por carecer de certeza, pertinencia y suficiencia, por lo cual se declaró inhibida.
Ahora bien, en relación con el artículo 50 de la Ley 2197 del 2022 encontró la Sala Plena que vulnera los artículos 22 y 83 superiores, en concordancia con el Acto Legislativo 02 del 2017, en tanto incorpora modificaciones que desconocen la implementación de lo acordado sobre la destinación de los predios rurales provenientes de la extinción judicial de dominio al fondo de tierras, en desarrollo del Acuerdo Final de Paz.
Para la Corte, las mencionadas modificaciones no tuvieron como propósito la implementación y desarrollo normativo de contenidos del acuerdo en materia de tierras y, por tanto, desconocen el requisito de conexidad, ya que no cumplen con el propósito de contribuir efectivamente a la realización de lo acordado. En consecuencia, el alto tribunal declaró inexequibles las expresiones “no sociales” y “o por la Agencia Nacional para la Reincorporación y la Normalización” del inciso segundo, y el parágrafo 4º del artículo demandado (M. P. Antonio José Lizarazo Ocampo).
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