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Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Ámbito del Lector


Panorama en Colombia de sentencias y conciliaciones aprobadas para víctimas del Estado

16 de Marzo de 2021

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Nota:
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Las sentencias y conciliaciones que están en mora han tomado más relevancia desde que la crisis económica se agudizó en Colombia por causa del covid-19, porque estos dineros que les adeudan a miles de colombianos y sus familias pueden ser la salida para empezar a vivir con mayor tranquilidad y calidad de vida. 

 

Teniendo en cuenta lo anterior, el año pasado, el Gobierno Nacional aseguró que se empezaría a agilizar el pago a los beneficiarios que están en turno, apoyado en el Decreto 642 del 2020, creado para la atención de solicitudes de reconocimiento y pago de sentencias o conciliaciones que se adeudan por distintas entidades estatales. Sin embargo, los colombianos siguen esperando su turno e incrementando la fila de espera.

 

Así está el panorama en los turnos de pago

 

El desembolso del dinero de las sentencias y conciliaciones aprobadas para víctimas del Estado tienen un retraso distinto dependiendo de la entidad deudora. Los expertos de Conactivos afirman que actualmente se están haciendo desembolsos con turnos de pago que corresponden a las siguientes fechas:

 

  • Policía Nacional: sentencias y conciliaciones de mayo del 2015.

 

  • Mindefensa (Ejército, Fuerza Aérea, Armada): sentencias y conciliaciones de mayo del 2015.
  • Fiscalía General de la Nación: sentencias de marzo 2014 y conciliaciones de junio del 2014.

 

  • Rama Judicial: segundo semestre del 2017.

 

  • Inpec: último trimestre del 2017.

 

Lo anterior quiere decir que hay un atraso entre tres y siete años, es decir, se estima que los beneficiarios de las sentencias más recientes deberán esperar entre el año 2023 al 2026 para recibir lo que les corresponde.

 

¿Cómo recibir el pago en el primer semestre del 2021?

 

En todos los casos, sin importar el año en el que hayan sido aprobadas, los beneficiarios de las sentencias y conciliaciones de reparación directa del orden nacional, debidamente ejecutoriadas y con cuenta de cobro presentada, tienen la oportunidad de acogerse a la modalidad de compra de sentencias.

 

De esta forma, tendrán la posibilidad de reducir años de espera a tan solo un periodo de uno a cuatro meses, dependiendo de la entidad, para que tengan la posibilidad de poseer el recurso económico en un menor tiempo, obteniendo la liquidez que proviene del proceso, sin la demora que implica esperar a que el Estado les efectúe el pago. Además, con los siguientes cuatro beneficios principales:

 

  1. La posibilidad de adquirir los recursos económicos en un menor tiempo, obteniendo la liquidez en el momento que realmente lo necesitan.

 

  1. Mejorar su calidad de vida y la de sus seres queridos, importante en este momento de crisis económica.

 

  1. Finalizar un largo proceso judicial y sus trámites engorrosos, dedicando más tiempo a las cosas valiosas e importantes de la vida.

 

  1. Es un proceso legal, ágil y con total transparencia.

 

Hay que tener en cuenta que en Colombia las entidades estatales no solo están obligadas a pagar las sentencias y conciliaciones proferidas en su contra, también deben incluir los intereses que las mismas generen por el retraso de su pago, porque así lo establece expresamente la ley.

 

Adriana Duarte, directora Jurídica de Conactivos

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