Inexequible norma que creó el Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos (INDTOT)
27 de Noviembre de 2024
La Corte Constitucional declaró inexequible el artículo 162 del Plan Nacional De Desarrollo (Ley 2294 del 2023), que creó el Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos (INDTOT), por considerar que el Congreso de la República desconoció los principios de consecutividad e identidad flexible, que dotan de racionalidad y coherencia al trámite legislativo.
Según el alto tribunal, la creación se incluyó mediante proposición para los debates de las plenarias de Senado y Cámara, sin que se haya comprobado su conexidad con los temas discutidos en las sesiones conjuntas de las comisiones correspondientes y la relación estrecha, inmediata y directa de estos temas con las metas, objetivos y estrategias generales del plan de desarrollo. (Lea: Minsalud estableció estructura del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos)
Así mismo, agregó, se desconoció el principio de unidad de materia al incluir una norma que no resulta de carácter instrumental para conseguir las metas, planes, programas o estrategias previstos en la parte general del Plan Nacional de Desarrollo, sino que conduce a una transformación institucional que, además por su carácter permanente, debería ser decidida en el marco de la competencia general del Congreso de dictar leyes.
El magistrado Antonio José Lizarazo Ocampo aclaró su voto e insistió en que la Corte debe ser más estricta en el análisis y la valoración del cumplimiento de las normas constitucionales y orgánicas que regulan los contenidos y el procedimiento de formulación y aprobación del Plan Nacional de Desarrollo, en cuanto al principal instrumento de política pública y de materialización del Estado durante el cuatrienio del respectivo gobierno (M. P. Diana Fajardo Rivera).
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