Resuelven dudas sobre impuestos saludables y sus implicaciones para ONGs y embajadas
01 de Agosto de 2024
La autoridad tributaria nacional emitió un pronunciamiento aclarando diversos interrogantes relacionados con la interpretación y aplicación de los impuestos a las bebidas ultraprocesadas azucaradas (IBUA) y los productos comestibles ultraprocesados (ICUI).
Uno de los interrogantes presentados a la Dian es si las ONG y las embajadas están exentas o excluidas del pago de estos impuestos; la entidad indicó que, debido al carácter objetivo de las exenciones y exclusiones que están expresamente previstas en la norma, la Ley 2277 del 2022 no establece un tratamiento tributario especial para estos sujetos, por lo que deben cumplir con el pago. (Lea: Sancionan Convenio internacional para el control y la gestión del agua de lastre)
No obstante, se aclara que no constituye hecho generador del IBUA e ICUI la donación de productos por parte del productor o importador a bancos de alimentos constituidos como entidades sin ánimo de lucro del régimen tributario especial, o a bancos de alimentos con personería jurídica de iglesias o confesiones religiosas reconocidas por el Ministerio del Interior.
Asimismo, en lo referente a las uniones temporales y consorcios, la Dian reiteró que el responsable del ICUI o IBUA será el unido temporalmente o consorciado que realice el hecho generador del impuesto saludable, atendiendo el carácter monofásico del mismo. Además, se subrayó la necesidad de que en los acuerdos privados entre los unidos temporalmente y consorciados se señale claramente quién es el productor o importador del bien gravado, aunque estos acuerdos no son oponibles al fisco. (Lea: Sancionan Convenio de reconocimiento de estudios superiores en América Latina y el Caribe)
Este pronunciamiento incluye adiciones al Concepto General Unificado 0481, del 27 de abril del 2018 y al Concepto 003744 de marzo del 2023, y busca proporcionar mayor claridad y certeza jurídica sobre la aplicación de los impuestos saludables en el país.
Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias, con los datos identificadores y documentos sin límite.
Paute en Ámbito Jurídico
Siga nuestro canal en WhatsApp.
Opina, Comenta