Ratifican retención del 20 % en indemnizaciones de seguros de vida
06 de Agosto de 2024
La Dian ratificó el Oficio 018485 del 2019, en cual se interpreta la retención del 20 % en las indemnizaciones por seguros de vida que establece el artículo 401-2 del Estatuto Tributario (E. T.).
El pronunciamiento se da después de revisar una solicitud de reconsideración en la que se argumentaba que la retención del 20 % debería aplicarse únicamente al impuesto sobre la renta y no al impuesto complementario de ganancias ocasionales, lo que eximiría a las indemnizaciones por seguros de vida de esta retención. (Lea: Norma sobre tasa mínima de tributación de renta no afecta principios de consecutividad e identidad flexible)
Como respuesta a la solicitud, la dirección recordó que, con la derogatoria del artículo 223 del E. T. y las adiciones realizadas en los últimos años, las indemnizaciones por seguros de vida que superen las 3.250 UVT deben estar sujetas a la retención en la fuente según el artículo 401-2 del Estatuto Tributario.
Finalmente, la entidad concluyó que, dado el amplio margen de discrecionalidad del legislador en materia tributaria, las normas vigentes deben aplicarse como están, “esto incluye la retención en la fuente para indemnizaciones por seguros de vida, a menos que existan disposiciones específicas que impidan su aplicación”, explicó. (Lea: Más de $ 20.000 millones ahorraría el país con exención del IVA en la COP16: Minambiente)
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