Conozca los apoyos para educación superior destinados a servidores de la Dian
13 de Agosto de 2024
Mediante la resolución 000127 del 2024, la Dian reglamentó el otorgamiento de apoyos económicos para educación superior de sus servidores públicos, con el fin de mejorar la prestación del servicio y el desempeño productivo.
En la normativa se establecieron los requisitos generales para el otorgamiento del apoyo y delimitó unos requisitos específicos para pregrados y posgrados:
Frente al monto máximo para reconocer, la entidad delimitó:
- Pregrado y especialización: hasta 13 salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv).
- Maestría: hasta 15 smmlv.
- Doctorado: hasta 17 smmlv.
“La asignación de recursos dependerá de la disponibilidad presupuestal al momento de la solicitud y del porcentaje que resulte de aplicar los criterios establecidos”, se lee en la resolución. Así mismo, se determina que el monto a otorgar podrá ser ajustado proporcionalmente al número de solicitantes que cumplan los requisitos para la asignación. (Lea: Inconvenientes técnicos en la Dian causan indisponibilidad de servicios para declarar)
La Dian indicó que el apoyo económico no incluirá ningún tipo de recargo por pagos extemporáneos u ordinarios y fijó los criterios para determinar el monto a otorgar:
Además, se estableció que el porcentaje a otorgar se determinará con la sumatoria de los puntos obtenidos por cada criterio:
El apoyo económico asignado será consignado directamente a la cuenta de la institución de educación superior, y en ningún caso, se harán giros o entrega de dinero a los servidores públicos. (Lea: Principales logros de la DIAN en los dos años del Gobierno Petro)
La entidad se abstendrá de efectuar el pago en caso de: (i) renuncia debidamente presentada o retiro del servicio por cualquiera de las causales establecidas en la ley, (ii) cierre temporal o definitivo de la Institución de Edicación Superior (IES), (iii) prueba sumaria simple de adulteración o falsificación de documentos, (iv) cambio de programa de estudios y (v) por voluntad expresa del servidor beneficiado.
Finalmente, se determinó que la convocatoria para el otorgamiento de apoyos estará a cargo de la subdirección de Desarrollo del Talento Humano, quien determinará los plazos y términos mediante memorando que deberá contener:
- Apertura y cierre de la convocatoria. Fechas en las cuales se recibirán las solicitudes de apoyo económico para sufragar gastos de matrícula para cursar programas de pregrado y posgrado.
- Características y condiciones de la solicitud. Establecerá las características, condiciones y sistema para realizar la inscripción.
- Documentación. Documentos a presentar por los postulares con el fin de participar en la convocatoria, de acuerdo con los requisitos definidos en la resolución.
Se realizarán dos convocatorias anuales, siempre y cuando haya disponibilidad fiscal.
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