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Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

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¿Qué esperar de la Corte de La Haya el próximo 13 de julio?

10 de Julio de 2023

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¿Qué esperar de la Corte de La Haya el próximo 13 de julio? (Shutterstock)

Juan Carlos Portilla

Profesor Derecho Internacional Universidad de la Sabana

Decía yo el 24 de enero del 2023 en una columna para Ámbito Jurídico que nada bueno nos esperaría de la Corte Internacional de Justicia (Corte de La Haya) este 2023. Podemos perder parte de nuestra plataforma continental en el mar Caribe por el litigio Cuestión de la delimitación de la plataforma continental entre Nicaragua y Colombia más allá de las 200 millas náuticas de la costa nicaragüense, el cual la Corte de La Haya decidirá de manera definitiva este 13 de julio a las 3:00 p. m. en su sede habitual: el Palacio de la Paz en La Haya. El fallo de esta semana podría convertirse en la papa caliente de Gustavo Petro. Definitivamente, es mejor un mal arreglo que un buen pleitoVeamos, entonces, cómo nació este litigio, las pretensiones de Nicaragua sobre la plataforma continental y los argumentos de Colombia en contra de Nicaragua y que podría hacer el gobierno Petro, si el fallo es adverso a los intereses nacionales. 

¿Como Nació el litigio Cuestión de la delimitación de la plataforma continental entre Nicaragua y Colombia más allá de las 200 millas náuticas de la costa nicaragüense?

Recordemos que a la luz del fallo de la Corte de La Haya del 19 de noviembre del 2012 (gobierno Santos) bajo el litigio conocido como Caso concerniente a la disputa territorial entre Nicaragua y Colombia (que se inició con la demanda interpuesta por Nicaragua en el 2001, en donde solicitó una nueva delimitación marítima, entre otras pretensiones) perdimos el 43 % del territorio sobre el mar Caribe (ver detalles de este fallo en mi columna del 24 de enero del 2023). En aquella demanda del 2001, Nicaragua además pidió la delimitación de la plataforma continental para extenderla más allá de las 200 millas náuticas de su costa. La Corte de La Haya observó que una reclamación de derechos sobre la plataforma continental más allá de las 200 millas por un Estado parte en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982 (CDM), como lo es Nicaragua, debía estar ser examinada por la Comisión de Límites de la Plataforma Continental.

Nicaragua solo presentó a la Comisión información preliminar. Nicaragua no estableció un margen continental que se extendiera lo suficiente como para poner en duda los derechos de Colombia sobre su plataforma continental. La Corte de La Haya dijo no tener condiciones de delimitar en ese momento la frontera hipotética de la plataforma continental, como quería Nicaragua, pero señaló que estaba llamada a efectuar dicha delimitación. Así las cosas, el 16 de diciembre del 2013 (gobierno Santos), Nicaragua nos demanda de nuevo ante la Corte de La Haya, solicitando la determinación de la frontera marítima entre las dos naciones sobre la plataforma continental pertenecientes a Nicaragua y Colombia más allá de los límites determinados el 19 de noviembre del 2012. La Corte de La Haya dijo que era competente para conocer las pretensiones de Nicaragua a la luz del Pacto de Bogotá. El gobierno Santos se retiró tarde del Pacto de Bogotá. Debió haberse retirado antes, para haberle cerrado a Nicaragua la puerta de entrada a nuestra plataforma continental por siempre. El gobierno Santos intentó infructuosamente atacar la independencia judicial de la Corte de La Haya, mediante comunicaciones dirigidas a Ban Ki-moon, entonces secretario general de Naciones Unidas. Estas pudieron haber enemistado a La Haya con Colombia.

Pretensiones de Nicaragua sobre la plataforma continental y argumentos de Colombia en contra de tales pretensiones

Nicaragua pidió que declare que, bajo el derecho internacional consuetudinario, el derecho de un Estado a una plataforma continental puede ir más allá de 200 millas náuticas y que los párrafos 2º a 6º del artículo 76 de CDM reflejan el derecho internacional consuetudinario. Recordemos que el derecho internacional consuetudinario es la costumbre internacional como prueba de una práctica de las naciones generalmente aceptada como derecho o Opinio Juris. Colombia pidió que, bajo el derecho internacional consuetudinario, el derecho de un Estado a una plataforma continental más allá de 200 millas náuticas no se puede extender dentro de las 200 millas náuticas de las bases de referencia de otro Estado y que los párrafos 2º a 6º del artículo 76 de CDM no reflejan el derecho internacional consuetudinario.

¿Que podría hacer el gobierno Petro si el fallo es adverso a los intereses nacionales?

La decisión de la Corte de La Haya no es obligatoria, sino para las partes en litigio (Colombia y Nicaragua) y respecto del caso que ha sido decidido. A la luz del Estatuto de la Corte de La Haya, los fallos de la misma son definitivos e inapelables. Si el fallo es adverso, el gobierno Petro, a la luz del Estatuto de la Corte de La Haya, podría manifestar su desacuerdo sobre el sentido o el alcance del fallo y la Corte de La Haya interpretará su propio fallo a solicitud de cualquiera de las partes del litigio, incluyendo Colombia. De igual manera, y a la luz del Estatuto de la Corte de la Haya, Colombia podría pedir la revisión del fallo, siempre y cuando la solicitud se funde en el descubrimiento de un hecho de tal naturaleza que pueda ser factor decisivo y que, al pronunciarse el fallo, era desconocido por parte de la Corte de La Haya y de Colombia, siempre que su desconocimiento no se deba a una negligencia por parte de Colombia. De esa manera, el gobierno Petro, si descubre ese hecho nuevo de carácter decisivo, tendría seis meses para formular la revisión. En todo caso, y a la luz del Estatuto de la Corte de La Haya, no podrá pedirse la revisión una vez transcurrido el término de 10 años desde la fecha del fallo (13 de julio del 2023).

De la misma manera y si el fallo es adverso a Colombia, el gobierno Petro podría analizar si podría haber un Estado del Caribe o Centroamérica con algún tipo de interés en la disputa, debido a que, y de acuerdo al Estatuto de la Corte de La Haya, si un Estado considerare que tiene un interés de orden jurídico que puede ser afectado por la decisión del litigio, podrá pedir a la Corte de La Haya que le permita intervenir y esta decidirá con respecto a dicha petición.

El gobierno Petro podría también, si el fallo es adverso a Colombia, rechazar, no acatar, ni cumplir el fallo. Sin embargo y de conformidad con la Carta de Naciones Unidas, cada nación miembro de Naciones Unidas (incluyendo Colombia) tiene el compromiso de cumplir la decisión de la Corte de La Haya en todo litigio en que sea parte. Además, si Colombia no cumple con las obligaciones que le impondría un eventual fallo adverso de la Corte de La Haya, Nicaragua podría recurrir al Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, el cual podrá, si lo cree necesario, hacer recomendaciones o dictar medidas (sanciones o el uso de la fuerza), con el objeto de que se lleve a efecto la ejecución del fallo. ¿Cómo jugarían China y Rusia en esta eventualidad? ¿Cómo lo harían EE UU, Francia y el Reino Unido? Ortega y Petro, unidos en la misma orilla ideológica hasta el día de hoy, podrían convertirse en enemigos por cuenta de la Corte de La Haya, al menos que Petro interponga los intereses de la patria por sus convicciones ideológicas. 

Conclusión 

No hay duda: podemos perder parte de nuestra plataforma continental en el mar Caribe por el litigio Cuestión de la delimitación de la plataforma continental entre Nicaragua y Colombia más allá de las 200 millas náuticas de la costa nicaragüense. Es mejor un mal arreglo que un buen pleito.

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