TEDH en Estrasburgo consideró que críticas constructivas al jefe no son motivo de despido
11 de Marzo de 2024
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en Estrasburgo (Francia) dictaminó que la crítica a los jefes en el ámbito laboral está amparada bajo el derecho fundamental de libertad de expresión.
La decisión se dio a raíz de una demanda interpuesta por un ingeniero en Turquía, quien fue despedido por enviar un correo electrónico a recursos humanos con comentarios sarcásticos sobre la gestión de su jefe, comparándolo con Jeff Bezos, fundador de Amazon.
El ingeniero criticó prácticas como la separación física entre empleados de diferentes rangos y las políticas de gastos restrictivas, sugiriendo que tales actitudes no contribuían al éxito empresarial al estilo de las grandes compañías estadounidenses.
En la sentencia, el TEDH determinó que expresar críticas hacia la gestión de los superiores, incluso si estas son irónicas o sarcásticas, no puede ser motivo de despido. Los magistrados argumentaron que mientras las críticas sean constructivas y no se conviertan en descalificaciones personales se deben encuadrar dentro de los límites de la libertad de expresión y, por lo tanto, merecer la máxima protección legal.
Según el tribunal, para que estas opiniones y críticas sean legítimas deben cumplir con tres criterios fundamentales:
- No deben dañar el prestigio de la empresa
- La crítica debe tener como objetivo mejorar la situación o el funcionamiento de la empresa, sin caer en insultos o descalificaciones personales.
- Las opiniones deben expresarse en un contexto laboral adecuado, sin sobrepasar los límites del respeto mutuo y la profesionalidad.
Esta decisión representa un avance significativo en la protección de la libertad de expresión en el trabajo y reafirma la posibilidad de los empleados a expresar críticas constructivas hacia la gestión de los superiores sin temor a represalias.
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