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Especiales / Informe


Panorama del estrés laboral en Colombia

20 de Julio de 2019

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Carmen Elena Gutiérrez

Periodista Ámbito Jurídico

carmen.gutierrez@legis.com.co

 

En el ambiente laboral existen retos y cambios que en ocasiones se traducen en mayor exigencia y presión para los trabajadores, lo cual puede derivar fácilmente en riesgos sicosociales y estrés laboral. (Lea: Todo lo que necesita saber sobre acoso laboral)

 

Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el estrés aparece cuando las exigencias del trabajo no corresponden o exceden las capacidades, recursos o necesidades del trabajador o cuando el conocimiento y las habilidades de un trabajador o de un grupo para enfrentar dichas exigencias no coinciden con las expectativas de la cultura organizativa de quien lo emplea. (Lea: El Comité de Convivencia Laboral, una competencia limitada, pero trascendental)

 

Características estresantes en el trabajo

 

 

Condiciones que definen el peligro

 

Ambiente y equipo de trabajo

Problemas relacionados con la fiabilidad, disponibilidad, adecuación y mantenimiento o reparación del equipo y las instalaciones.

 

Diseño de las tareas

Falta de variedad y ciclos de trabajo cortos, trabajo fragmentado o carente de significado, infrautilización de las capacidades, incertidumbre elevada.

Carga de trabajo / ritmo de trabajo

Exceso o defecto de carga de trabajo, falta de control sobre el ritmo, niveles elevados de presión en relación con el tiempo.

 

Horario de trabajo

Trabajo en turnos, horarios inflexibles, horarios impredecibles, horarios largos o que no permiten tener vida social.

Función y cultura organizativas

Comunicación pobre, bajos niveles de apoyo para la resolución de problemas y el desarrollo personal, falta de definición de objetivos organizativos.

Función en la organización

Ambigüedad y conflicto de funciones, responsabilidad por otras personas.

Desarrollo profesional

Estancamiento profesional e inseguridad, promoción excesiva o insuficiente, salario bajo, inseguridad laboral, escaso valor social del trabajo.

* Informe de la OIT: Estrés en el Trabajo: Un reto colectivo (2016)

 

En un documento publicado por la Organización Mundial de la Salud - OMS sobre salud ocupacional titulado Protección de la salud de los trabajadores, la organización recomendó que puede reducirse el estrés de diferentes formas:

 

        I.            Prevención primaria. Reducción del estrés a través de:

 

Ergonomía.

Definición del puesto de trabajo y diseño ambiental.

Perfeccionamiento de la organización y de la gestión.

 

      II.            Prevención secundaria. Reducción del estrés a través de:

 

Educación y capacitación de los trabajadores.

 

    III.            Prevención terciaria. Reducción de los efectos del estrés a través de:

 

Desarrollo de sistemas de gestión más sensibles y con mayor capacidad de respuesta y mejora de la prestación de servicios de salud ocupacional.

 

Cifras en Colombia

 

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Condiciones de Salud y Trabajo realizada por el Ministerio de la Protección Social en el año 2007, en empresas de diferentes actividades económicas y regiones del país, los factores de riesgo identificados como prioritarios por los trabajadores fueron los ergonómicos y sicosociales.

 

Dos de cada tres trabajadores manifestaron estar expuestos a factores sicosociales durante la última jornada laboral completa. La atención al público y el trabajo monótono y repetitivo ocuparon los dos primeros lugares, a los cuales se suman factores externos al lugar de trabajo, como son el tiempo de desplazamiento y el lugar de trabajo situado en zona violenta. Entre un 20 % y un 33 % manifestaron sentir altos niveles de estrés.

 

Así mismo, se evidenció que tanto los agentes ergonómicos como los sicosociales fueron también los más frecuentemente relacionados con la ocurrencia de los accidentes de trabajo.

 

En la segunda encuesta, realizada en el 2013, se evidencia que la presencia de los riesgos ergonómicos y sicosociales continúa identificándose como prioritaria.

 

ÁMBITO JURÍDICO quiso darle una mirada a la reglamentación existente sobre la materia en Colombia, más allá de la simple mención de las normas vigentes, y consultó a la abogada Carolina Camacho, socia directora del Área Laboral de la firma Posse Herrera Ruiz y miembro de la junta directiva del Comité Jurídico de ACRIP (Asociación de Gestión Humana).

 

Inicialmente, señaló que si bien en Colombia se cuenta con un conjunto normativo importante para regular lo relacionado con enfermedades sicosociales, estas disposiciones solo cobijan a la población formal del país, es decir, aquella vinculada mediante un contrato de trabajo, en un país considerado como uno de los que tiene la tasa de informalidad laboral más alta del mundo.

 

A su juicio, allí podría estar la mayor zona gris en materia de enfermedades sicosociales, pues si bien las disposiciones actuales pueden ser mejoradas y robustecidas, el gran reto está en que dicha población pueda ser cobijada de manera efectiva por las disposiciones que regulan esta materia, pues en caso contrario no podría medirse de manera objetiva la eficacia y efectividad de estas normas.

 

Acerca de la implementación de la normas por parte de los empleadores, Camacho considera que hay un camino importante por recorrer, pues estas enfermedades siguen siendo consideradas, en algunos casos, como de “segunda categoría” y no tan serias como otras, lo que genera que se presenten altos niveles de incumplimiento en lo que tiene que ver con las actividades de evaluación, prevención, intervención y monitoreo de la exposición de factores de riesgos sicosocial en el trabajo.

 

Por otra parte, resaltó que no solo el estrés laboral es considerado como una enfermedad laboral, sino que se avanza a escenarios aún más complejos, como el reconocimiento que hizo recientemente la Organización Mundial de la Salud (OMS) del burnout, “síndrome de estar quemado” o de desgaste profesional como enfermedad, lo cual evidencia que la discusión ya no será solo si el estrés es o no es una enfermedad, sino que se empezarán a generar enfermedades independientes asociadas al mismo.

 

Es “vital, en consecuencia, que las compañías realicen ejercicios responsables e inversiones para el desarrollo de programas que ayuden a prevenir y enfrentar esta problemática”, concluye la experta.

 

¿Qué medidas prepara el Gobierno en esta materia?

 

El Gobierno señala que desde hace varios años se trabaja en la reglamentación y desarrollo de herramientas técnicas para prevenir los factores de riesgo en el ámbito laboral.

 

El Ministerio del Trabajo ha diseñado herramientas para evaluarlos y protocolos y guías de intervención, las cuales se encuentran publicadas en la página web del Fondo de Riesgos Laborales (www.fondoriesgoslaborales.gov.co), son de libre acceso, no tienen costo alguno para los usuarios y están disponibles para todas las empresas.

 

Cuando los trabajadores se encuentren expuestos a factores nocivos evaluados como de alto riesgo o que estén causando efectos negativos en la salud, en el bienestar o en el trabajo, los empleadores deben adelantar programas de vigilancia epidemiológica de factores de riesgo sicosocial, con el apoyo de expertos y la asesoría de la correspondiente ARL

 

La cartera también ha considerado expedir una norma que adopte la batería de instrumentos para evaluar factores de riesgo sicosocial, las guías técnicas para la promoción, prevención e intervención de los factores sicosociales y sus efectos en la población trabajadora y sus protocolos específicos, como referentes técnicos obligatorios.

 

Así mismo, en la actualidad se está trabajando en forma conjunta con el Ministerio de Salud en la reglamentación de la Ley 1616 del 2013, sobre salud mental, y la Ley 1566 del 2012, de prevención del consumo de sustancias sicoactivas, a través de  un proyecto de decreto de protección especial al talento humano que trabaja en salud mental y la prevención del consumo de sustancias sicoactivas en el ámbito laboral.

 

Efectos o consecuencias

 

Para Mariantonia Lemos, docente del departamento de Sicología de la Universidad EAFIT, el estrés laboral lleva al desarrollo de patologías que han sido categorizadas como trastornos mentales, así como enfermedades físicas.

 

Lemos menciona, por ejemplo, que se han encontrado asociaciones entre el estrés laboral y la enfermedad cardiovascular, entre muchas otras. Agrega que, a veces, estas relaciones se perciben como difusas en tanto es la acumulación lo que lleva al desarrollo de la enfermedad, de tal forma que no siempre las personas se enferman mientras están en el puesto que les está causando el estrés.

 

A nivel de los trastornos mentales se ha encontrado relación entre el estrés y la depresión o trastornos de ansiedad. Adicionalmente, dicha situación lleva a comportamientos que se consideran de forma general como no saludables, tales como el consumo de alcohol, el tabaquismo, la ingesta de comida chatarra, el sedentarismo.

 

A modo de recomendaciones, precisa que un buen enfoque no se centra en buscar los factores individuales, sino en brindar las condiciones adecuadas para la realización del trabajo, dando un nivel de demandas adecuadas y permitiendo que sus empleados sientan que tienen cierto control sobre las tareas que realizan.

 

Adicionalmente, agrega, es vital que los empleados sientan que reciben recompensas adecuadas por las funciones que realizan, esto va desde un salario justo hasta beneficios que les hagan sentir que la empresa los valora como personas y no solo como empleados. Igualmente, el apoyo social y una comunicación efectiva con el jefe y los pares son importantes de fortalecer.

 

Esta corta mirada evidencia que si bien en Colombia existe normativa para prevenir y mitigar los efectos de una enfermedad como el estrés laboral, no hay mayor seguimiento a su aplicación, a la prevención y a las cifras de la presencia de esta en el ámbito del trabajo, y mucho menos a la incidencia de las situaciones derivadas.

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