¿Un examen habilitante para ejercer el Derecho mejorará la profesión?
22 de Junio de 2018
Está pendiente de sanción presidencial un proyecto de ley que implementaría un examen habilitante para ejercer el Derecho, el cual estará a cargo del Consejo Superior de la Judicatura y sería requisito para la expedición de la tarjeta profesional.
Esta prueba se entenderá aprobada cuando el resultado supere la media del puntaje nacional. En el evento en que el egresado no apruebe la evaluación se podrá presentar en las siguientes convocatorias, hasta que obtenga el porcentaje mínimo exigido.
Este nuevo requisito aplicaría para quienes inicien sus estudios en Derecho con posterioridad a la sanción de la ley.
Motivaciones
Dentro de las razones presentadas por los impulsores de la iniciativa se encuentra la elevada tasa de abogados sancionados por faltas contra el debido ejercicio de la profesión.
Y es que, según información de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, desde 1992 y hasta el 2016 se han sancionado 20.307 profesionales, de los cuales 17.829 ejercían como abogados y 2.478 como servidores públicos. (Lea: En los últimos 25 años, han sido excluidos de la profesión 480 abogados)
Otro argumento central de la propuesta es que los recién graduados pueden ejercer en cualquier área de la profesión y tipo de proceso, incluyendo los más sensibles, como las representaciones y defensas en el área penal, sin requisito de experiencia alguno.
El examen habilitante plantea un nuevo reto para los estudiantes de Derecho, pero también para la academia, que probablemente deberá actualizar sus planes de estudio en pregrado.
Bajo las nuevas circunstancias, ¿se deberá privilegiar la formación en áreas procesales o teóricas?, ¿las competencias se medirán en saberes de fundamentación o habilidades propias del litigio? Son temas que deberán discutir las facultades de Derecho, ya que es probable que se deba estandarizar en gran medida la educación.
Reglamentación
Algunas inquietudes surgen para la reglamentación de la iniciativa. En primer lugar, ¿se modificarán las exigencias de presentación de preparatorios para obtener el título de abogado? Hay que recordar que no son pocas las facultades de Derecho que no requieren propiamente la presentación de un preparatorio, sino su homologación con cursos.
No sucede igual con las facultades acreditadas en alta calidad, las cuales en su mayoría sí exigen su presentación, pese a existir causales de exoneración por rendimiento académico, pero ÁMBITO JURÍDICO pudo verificar en el Sistema Nacional de Información de Educación Superior que existen solo 41 programas de Derecho acreditados en alta calidad, de los 144 que registra la misma plataforma como autorizados y activos con registro calificado. (Lea: Análisis: facultades de Derecho y corrupción)
Colegios de abogados
Este novedoso proyecto no desarrolla en su articulado la importante colegiatura de abogados que sí tienen otros países que han implementado el examen habilitante.
Carlos Mario Molina, director de Acofade, explica que es necesaria la implementación de los colegios de abogados para que ellos sean quienes regulen el ejercicio de la profesión.
A su vez, considera que no es conveniente este examen, sino que se debe reforzar la calidad de la educación y no aumentar requisitos. De implementarse el examen, argumenta, debería ser Acofade la entidad encargada de realizarlo.
De otra parte, donde existe colegiatura obligatoria estas organizaciones funcionan como promotoras de la educación continua de los abogados, representan los intereses del gremio, buscan garantizar la independencia a través del fortalecimiento institucional y procuran la calidad profesional al establecer sanciones para quienes ejerzan indebidamente o contra la ética. Un modelo que no se contempla en esta ley aprobada.
Experiencia comparada
En España, los colegios de abogados son entidades de derecho público que gestionan servicios consagrados en la Constitución y en las leyes y promueven la participación de los abogados en la formación del sistema legal mediante el asesoramiento de reformas legislativas, el patrocinio de proyectos de investigación y la regulación de la normativa profesional. Esto sin soslayar que también asesoran y representan intereses de terceros de forma gratuita en algunos eventos.
México cuenta con un modelo similar, sin que sea de naturaleza pública la colegiatura. (Lea: ¿Cuál es la mejor Facultad de Derecho de Colombia?)
En EE UU el modelo es diferente. Existe un colegio de abogados a nivel estatal, pero cada Estado federado tiene su propia organización, con recursos y funcionamiento independiente. Cada uno establece autónomamente el examen habilitante que deben presentar los nuevos abogados, considerando que la legislación varía en todos ellos.
Por su parte, en Francia se establecen más requisitos de idoneidad: el aspirante debe tener título académico y de maestría para ejercer, además de haber aprobado el examen habilitante implementado por el colegio de abogados y no estar incurso en ninguna sanción penal, disciplinaria o de cualquier otra índole.
Estas son algunas de las características de los colegios de abogados:
España
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México |
EE UU |
Francia |
Dirige un decano y una junta de gobierno compuesta por diputados.
Son elegidos democráticamente por todos los colegiados, tanto abogados como colegiados que no ejercen.
El mandato dura entre cuatro y cinco años.
Defienden intereses corporativos de los colegiados y la independencia del ejercicio de la profesión jurídica.
Se realiza examen habilitante.
Existe código de ética profesional.
Único colegio de abogados. |
Tienen como objetivos:
- Ordenación del ejercicio de la profesión.
- Representación exclusiva.
- Defensa de derechos e intereses profesionales.
- Formación permanente.
- Aplicación del régimen disciplinario.
- Se practica examen habilitante.
- Existe código de ética profesional.
-Único colegio de abogados. |
Existen varias modalidades de colegios de abogados, unos federales y otros nacionales. Por ejemplo, la American Bar Association es un colegio de membresía voluntaria y se encarga de establecer estándares académicos para las facultades de Derecho y las respectivas pautas éticas.
Existe examen de admisión para el ejercicio de la abogacía.
Se practica examen habilitante.
Existe código de ética profesional.
Varios colegios de abogados, dependiendo del Estado. |
Para ser abogado “de pleno derecho” en Francia se requiere:
- Master en Derecho o equivalente y poseer el certificado de aptitud.
- No deben tener condenas penales, sanciones disciplinarias ni haber sido declarados insolventes.
Deben superar el examen del colegio de abogados francés y prestar juramento.
Se practica examen habilitante.
Existe código de ética profesional.
Colegios de abogados nacional y regionales. |
Como se observa, en todos los modelos consultados concurre el examen habilitante con la colegiatura de abogados, además de tener códigos de ética profesional y una fuerte representación y vocería en las instancias estatales.
¿Cuáles serían los requisitos para graduarse y cuáles para ejercer?
Considerando la diferencia entre los requisitos para graduarse de abogado y para ejercer, los nuevos estudiantes de Derecho colombianos deberán aprobar:
Requisitos para graduarse como abogado |
Requisitos para ejercer el Derecho |
-Aprobación de los créditos académicos.
-Presentación de monografía de grado o judicatura, según el caso.
-Aprobación de exámenes preparatorios por áreas o preparatorio único.
-Presentación del examen de Estado (ICFES Saber Pro).
-Práctica profesional en consultorio jurídico, que también puede ser realizada en juzgados y entidades públicas.
-Los demás que establezca cada acultad, en ejercicio de su autonomía universitaria, los cuales incluyen generalmente los siguientes:
a)Examen de suficiencia de un segundo idioma. b)Cursos de profundización. c)Pruebas de conocimientos generales. |
-Aprobar los requisitos de graduación y obtener el título de abogado por una facultad autorizada y con registro de funcionamiento.
-Presentar el nuevo examen habilitante y aprobarlo (superando la media nacional), lo cual da derecho a la expedición de la tarjeta profesional.
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¿Un examen mejorará los retos éticos y profesionales que tiene la profesión?
Es importante propiciar una discusión sobre los beneficios y dificultades de la implementación del examen habilitante, para aclarar si será útil para mejorar el ejercicio profesional, y donde se considere la posibilidad de unificar los criterios de formación y de preparación para la prueba.
También se debe debatir la necesidad de implementar la colegiatura obligatoria de abogados, y evaluar el papel que tendrían estas organizaciones (públicas o privadas, según se disponga) en la preparación, evaluación y admisión de los nuevos profesionales.
Por último, pese a la autonomía universitaria reconocida en la Constitución, podrían revisarse los requisitos tanto para la obtención del título de abogado como para su ejercicio, estandarizando mínimos de calidad que repercutirían positivamente en las competencias y habilidades de los nuevos juristas.
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