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Corrupción en la justicia: cuando la balanza se inclina al mejor postor

31 de Agosto de 2017

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Claudia Patricia Romero Romero

Redactora ÁMBITO JURÍDICO

 

Muchos estudiantes de Derecho y abogados anhelan llegar a las esferas del Poder Judicial y ocupar importantes cargos en las altas cortes, motivados por el carácter intachable de estas corporaciones, en el conocimiento que poseen y en el poder que ostentan sobre la toma de decisiones, entre otras razones.

 

Sin embargo, últimamente se ha revelado la otra cara de justicia: la corrupción. En ella no solo han estado involucrados los niveles más altos de esta rama del Poder Público, sino también abogados litigantes, jueces, fiscales e, inclusive, reconocidos exfuncionarios judiciales, quienes son objeto de señalamientos de este flagelo que azota y desangra las finanzas del país.

 

Así las cosas, con las múltiples investigaciones, los escándalos y los sobornos de orden nacional e internacional, es evidente que muchos involucrados han desdibujado la imagen impoluta de la Rama Judicial, creando más desconfianza entre la sociedad.           
Ahora, aquellos catedráticos que inculcaban arduamente el ejercicio de la profesión con esmero, responsabilidad, ética y honestidad y ponían como ejemplo a magistrados de las altas cortes, deben estar buscando una explicación que pueda sustentar y fortalecer la idea de que la corrupción aún no ha permeado totalmente la justicia colombiana, aun cuando la realidad indica que se aproxima una crisis de proporciones nunca antes vistas.           


Este no es un tema nuevo, pero cada vez preocupa más, debido a que, día a día, se conocen casos alarmantes que salpican la legitimidad de la justicia. ÁMBITO JURÍDICO consultó a varios expertos para conocer sus opiniones frente a las causas y posibles soluciones para superar este panorama sombrío.

 

Las causas

 

Según Ramiro Bejarano, catedrático y director del Departamento de Derecho Procesal de la Universidad Externado, las causas de esta problemática, en primer término, radican en haber modificado la Constitución para permitir la reelección de Álvaro Uribe Vélez, lo que generó que el gobierno de turno interviniera con éxito en la designación y nombramiento de los magistrados del Consejo Superior de la Judicatura, en particular de quienes tienen la responsabilidad de elaborar las ternas de candidatos a las altas cortes.

 

Por ese camino, señala, se introdujo una “politiquería” en la Rama Judicial que antes no había logrado permearla y muchas de las personas que empezaron a llegar a la magistratura no tenían atributos académicos o profesionales, sino militancias o querencias políticas partidistas. También han contribuido las facultades electorales de las altas cortes, que se han dedicado a intercambiar favores burocráticos y a permitir el ingreso de personas que no están capacitadas profesional ni éticamente para ser funcionarios. Además, asegura que no existen controles a la labor de las altas cortes, pues la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes es un burladero de impunidad.

 

Por su parte, Carlos Mario Molina Betancur, director del Instituto de Estudios del Ministerio Público, asegura que la génesis de la corrupción judicial obedece a cuatro aspectos, en su orden: (i) la falta de una adecuada formación ética en las facultades de Derecho donde egresaron los jueces corruptos, (ii) la ausencia de una preparación judicial previa a la toma de posesión del cargo, (iii) la carencia de un órgano especializado de disciplina para los jueces, (iv) la falta de un tribunal de ética jurídica que determine las reglas claras de la conducta que debe seguir un profesional del Derecho y (v) la competencia de tutela repartida en todos los jueces.

 

Al respecto, Catalina Botero Marino, decana de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes, afirma que las causas de la corrupción en la justicia son las mismas que han dado lugar a la corrupción en otros sectores (público y privado), esto es, la ausencia de una apropiada supervisión, la falta de un sistema adecuado de investigación y juzgamiento de los funcionarios aforados y la necesidad de adoptar mecanismos que tiendan a una rigurosa selección de quienes ocupan los cargos más altos. A esto se suman dos problemas adicionales: la asignación de múltiples funciones electorales a las cortes y la ausencia de un adecuado modelo de gobierno y gestión judicial.

 

No obstante, Botero enfatiza que, en Colombia, hay innumerables jueces, magistrados y fiscales que se han jugado literalmente la vida al cumplir dignamente sus funciones. Además, precisa que hay mucha gente decente en el sector justicia y son estas personas a quienes más les duele que se produzcan actos de corrupción que ponen en entredicho a la rama. Por ello, olvidarlas no solo es injusto con ellas, sino que no aporta a la resolución del problema y es peligroso para el futuro institucional.

 

Herramientas para impermeabilizar la justicia

 

Una reforma constitucional es la acción que plantea Bejarano para impermeabilizar estos organismos, que establezca controles eficaces a los magistrados sin comprometer la independencia y autonomía de la Rama Judicial, de tal forma que el ciudadano pueda reclamar sin temor a represalias. Igualmente, explica que esa reforma debe abolir las facultades electorales de las altas cortes y restablecer un sistema de cooptación moderado y controlado. Así mismo, agrega que se debe expedir una ley reglamentaria que también controle a los magistrados auxiliares para acabar con esa especie de “peligrosa justicia sin rostro”.

 

A diferencia de ello, Molina Betancur precisa que es necesario tener mayor vigilancia y control por parte de las altas cortes y del Consejo Superior de la Judicatura, así como la eliminación de las competencias electorales y la reforma de la competencia judicial para resolver acciones de tutela.

 

A juicio de Botero, hay que implementar medidas efectivas de transparencia activa para vigilar y hacer mejor seguimiento a la gestión y al gobierno judicial, reforzar los mecanismos internos de control que hoy son débiles y aumentar sustancialmente los controles externos, como los que provienen de la academia y la sociedad civil. Igualmente, cree que hay que eliminar la mayoría de las facultades electorales de las cortes –manteniendo algunas sometidas a previo concurso o convocatoria pública-, sustituir al actual Consejo Superior de la Judicatura por una gerencia judicial con un órgano de gobierno que evite los vicios del corporativismo y el clientelismo, e insistir en un órgano especializado e independiente de juzgamiento para los funcionarios aforados. Para ello, se debe diseñar un modelo institucional que supere el test de constitucionalidad establecido por la Corte Constitucional (Sent. C-373/16).

 

Frente a la enseñanza jurídica, indica que es importante plantear la creación de incentivos a los mejores abogados para que entren a la carrera judicial, que se promueva y se premie la rigurosa y exigente preparación de los profesionales que aplican a los cargos de la rama y se fomenten los observatorios judiciales.

 

¿Asamblea constituyente?

 

De acuerdo con Bejarano, la asamblea constituyente para reformar la justicia es una de las opciones más reales, por cuanto es imposible intentar hacer una reforma constitucional en un Congreso intimidado por las altas cortes. Asegura que la experiencia ha demostrado que los últimos intentos de reforma a la justicia, al sistema electoral y la política, han sido bombardeadas por poderosos grupos de magistrados que no se sienten a gusto con esa nueva normativa.

 

Finalmente, agrega que, desde la academia, se pueden identificar las causas de la crisis de la justicia y diseñar programas de educación interdisciplinaria de los estudiantes, de manera que se preparen no solo en aspectos de la técnica jurídica y la argumentación, sino éticos y disciplinarios inherentes a la función pública de administrar justicia y al ejercicio de la profesión de abogado.

 

En cambio, para Molina, la solución es establecer mayores sanciones para los funcionarios públicos involucrados en actos de corrupción y aumentar los controles en la selección de los funcionarios que ejercen la justicia.

 

A diferencia de las anteriores posturas, Catalina Botero asegura que las constituyentes no son buenas o malas en sí mismas, sino que depende del contexto, las razones y finalidades que las inspiren. Por ello, indica que esta medida no es necesaria para resolver el problema planteado y puede aparejar más problemas de los que pretende resolver.

 

También precisa que no hay duda sobre el riesgo de que una constituyente termine superando el mandato original y, en este sentido, una constituyente que busque reformar la justicia o el sistema electoral puede, por ejemplo, limitar arbitrariamente la acción de tutela o generar reglas electorales para lograr que quien obtenga la mayoría en esa asamblea acceda y se mantenga en el poder de forma arbitraria. En tal virtud, indica que es innecesaria y mucho más lenta y difícil de lograr que un acto legislativo que reforme los aspectos esenciales mencionados, por lo que concluye que existen alternativas más razonables y menos peligrosas para alcanzar la misma finalidad.

 

Posición del Gobierno

 

Teniendo en cuenta varios conceptos del Consejo Superior de Política Criminal (CSPC) que han concluido que el endurecimiento de penas es inútil en materia de prevención, si no va acompañado de otros ejercicios de fortalecimiento institucional, el ministro de Justicia y del Derecho, Enrique Gil Botero, afirma que han venido impulsando y defendiendo una política anticorrupción que no se limite a medidas populares –o populistas-, como el aumento de penas.

 

Este tipo de medidas, aunque generan aplauso, no logran impactar efectivamente el fenómeno. En cambio, explica, desde el Gobierno defienden una visión más integral que se enfoque en el fortalecimiento de la institucionalidad encargada de la investigación y la sanción y vea el ciclo completo de la criminalidad en todas sus fases.

 

En el mismo sentido, advierte que Colombia tiene una amplia gama de instrumentos legales para la prevención, sanción y reparación del daño causado por la corrupción. Igualmente, indica que las dificultades en esta materia no obedecen a la ausencia de instrumentos, sino a una débil implementación de las herramientas existentes.

 

En este sentido, Gil Botero asegura que los principales esfuerzos están encaminados a encontrar, diseñar e implementar esquemas de fortalecimiento de la institucionalidad, por medio de la apertura y la consolidación de espacios de cooperación y coordinación interinstitucional entre las principales instancias de la política pública, esto es, la Fiscalía General de la Nación, la Contraloría General de la República, la Procuraduría General de la Nación, la Auditoría General de la República y la Secretaría de Transparencia, entre otros.

 

Conforme a ello, en el CSPC tienen asiento los principales actores de esta política, entre ellos, el Consejo Superior de la Judicatura. Desde el CSPC, el Gobierno ha buscado generar lineamientos para la lucha contra la corrupción, que incluyen la necesidad de atender el riesgo de este problema que existe en la justicia.

 

Sin embargo, aclara que la Rama Judicial, por ser una rama independiente del Poder Público, es autónoma para fijar sus lineamientos y sus esquemas de control y prevención. Por ello, la capacidad y competencia de este ministerio y del Gobierno se limita a emitir recomendaciones para que sea el Consejo Superior o las instancias de investigación y control quienes tomen las medidas que reconozcan como viables, adecuadas y necesarias.

 

Finalmente, enfatiza que independientemente de los recursos que a nivel nacional están encaminados para asegurar los programas de prevención, control y sanción de la corrupción en el marco de la Política Pública Integral Anticorrupción, el ministerio que lidera está desarrollando un proyecto de inversión que ha financiado la creación del Observatorio de Política Criminal.

 

Además, para el 2018, se tiene previsto un proyecto de inversión cuyo objetivo principal es “formular estrategias dirigidas a la prevención, investigación, judicialización y sanción de hechos de corrupción”, el cual está dirigido al diseño de los lineamientos y recomendaciones, con enfoque territorial para el mejoramiento de estrategias de prevención, control, judicialización y sanción de la corrupción pública.

 

Es evidente que la justicia colombiana afronta una crisis interna, que la aleja precipitadamente de los conceptos de transparencia, equidad y moralidad que por mucho tiempo la caracterizaron. Pero vale la pena aunar esfuerzos que le permitan recuperar su mayor tesoro: la credibilidad.

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