Estas son las acciones legales y conciliatorias ante incumplimientos contractuales
Se pueden reclamar judicialmente los daños si no se logra un acuerdo entre las partes.
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Se pueden reclamar judicialmente los daños si no se logra un acuerdo entre las partes.
Según la demanda, la norma establece una diferencia de trato hacia los notarios que desconoce avances normativos y jurisprudenciales.
Por regla general es a partir de que el deudor sea constituido en mora.
Lo contrario vulnera los derechos del menor de edad.
También se reprende el comportamiento fraudulento del potencial heredero que antes de morir el causante sustrae dolosamente bienes.
Se busca la exequibilidad condicionada de los artículos 1677 del Código Civil y 594 del Código General del Proceso.
Los tiempos para la vigilancia del trascendental momento del alumbramiento y nacimiento de una persona no pueden ser discrecionales.