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Actualizado hace 23 minutos | ISSN: 2805-6396

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Especiales / En ejercicio


“A los abogados no se les forma para el litigio de alto impacto”

27 de Octubre de 2021

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“A los abogados no se les forma para el litigio de alto impacto” (Humberto Pinto)

El litigio de alto impacto es una interesante forma para ejercer el Derecho que, entre otras cosas, puede ser la herramienta que facilite al ordenamiento estar al día con el dinamismo social. El abogado Camilo Araque Blanco, experto en esta área dada su trayectoria profesional, explica la importancia de dicha modalidad.

 

ÁMBITO JURÍDICO: ¿En qué consiste el litigio de alto impacto? 

 

Camilo Araque Blanco: Es entender que el Derecho, más allá de un conjunto de normas creadas para mantener un orden social y evitar que nos dañemos unos a otros, es un instrumento transformador con el cual podemos generar cambios positivos en la colectividad, a través de acciones que logren soluciones prácticas y concretas a problemáticas que aquejan a la sociedad recurrentemente: salud, medioambiente, discriminación, educación, seguridad o derecho al consumo.

Importante mencionar que, con ello, no se busca judicializar todas las causas ni fomentar una confusión de competencias entre las ramas del Poder Público, pero sí tener en cuenta que no existe un asunto vedado para el Derecho y las garantías de las personas. Todas las facultades y estudiantes de Derecho, consultorios jurídicos y abogados estamos llamados a contribuir en tal sentido, según la función social que nos fue encomendada desde la Constitución de 1991.

Hay un gran avance internacional en países como Inglaterra, EE UU, México y Chile en relación al litigio de alto impacto, que vale la pena revisar e implementar en Colombia.

 

Á. J.: ¿Qué factores inciden en la elección de los casos que promueve? 

 

C. A. B.: Lo primero, identificar la problemática existente (un tema ambiental, una vulneración por consumo masivo, la afectación de recursos públicos, etc.). Después, analizar el instrumento idóneo para ejercer en sede nacional (como las acciones de tutela, de cumplimiento, popular, de grupo o inconstitucionalidad) o internacional (Sistema Universal de Derechos Humanos, Sistema Interamericano de Derechos Humanos o los Puntos Nacionales de Contacto ante la Ocde, en el caso de vulneraciones provenientes de empresas multinacionales, según corresponda) y, finalmente, evaluar el impacto que este ejercicio tendría en la sociedad.

Nuestro ordenamiento jurídico cuenta con un amplio esquema de acciones para proteger los derechos, pero, lastimosamente, a los abogados no se les forma para el litigio de alto impacto, solo para ejercer la profesión de manera convencional en un cargo o defendiendo una causa con efectos particulares para nuestros clientes e intereses, sumado al preocupante hecho de que los jueces, en la mayoría de los casos, no están preparados para adelantar satisfactoriamente estos litigios. 

Pongo un ejemplo: en Colombia, en la Ley 472 de 1998, contamos con un instrumento tan poderoso como la acción de grupo abierta, creada en el derecho anglosajón (class action opt out), que puede ser ejercida por un solo damnificado, siempre que se demuestre que la causa común afecta, por lo menos, a 20 personas, para hacer justiciable cuantiosos daños masivos originados por el Estado y los particulares y lograr que se repare integralmente a un grupo indeterminado (que ni siquiera participa del desarrollo del proceso), pero que lo cobija los efectos de la sentencia, salvo exclusión de alguno de sus miembros, con medidas económicas y no pecuniarias, por cualquier fuente de daño: publicidad engañosa, productos defectuosos, abusos del sector bancario, cobro de impuestos ilegales y, con ello, obtener un efecto correctivo sobre el responsable.

EE UU y Canadá han logrado con estas acciones beneficiar a un importante sector de la población y han disuadido, exitosamente, a los agentes enjuiciados (antes intocables), para no repetir su conducta. A eso debemos llegar en Colombia.  

Á. J.: ¿Qué decisiones han sido producto de este ejercicio? ¿Cómo impactaron en la sociedad? 

 

C. A. B.: Internacionalmente, hay litigios de alto impacto exitosos, como el adelantado en Reino Unido, cuando se logró privar de la libertad al expresidente chileno Pinochet por sus crímenes de lesa humanidad. En materia ambiental, el pronunciamiento del Tribunal Constitucional Alemán sobre el cambio climático o la reciente negociación que aceptó Apple en EE UU por 500 millones de dólares, dentro de una acción de clase originada por volver más lentos sus teléfonos IPhone de forma deliberada.

En Colombia, además de lo que se ha logrado a favor de los grupos históricamente discriminados (LGBTI, mujeres, discapacitados, indígenas, etc.), hay decisiones de muchos despachos provocadas por el litigio de alto impacto sobre el precio de los combustibles, la prohibición del asbesto, los derechos de los animales, la protección del Amazonas como sujeto de derechos y la descontaminación del río Bogotá. Hay otros casos colectivos que están en curso, en temas novedosos por obsolescencia programada de equipos contra multinacionales, disputas frente a empresas por daños ocasionados a miles de empleados a quienes se les cataloga de socios o colaboradores de una plataforma desconociendo la ley o por indebido manejo de datos y adulteración de medicamentos. Estas decisiones han tenido un efecto relevante y positivo en la sociedad.

Camilo Araque Blanco

 

Estudios realizados: es abogado y especialista en Derecho Contencioso Administrativo de la Universidad Externado de Colombia. Además, es magíster en Derecho de Daños de la Universidad de Girona (España) y en Argumentación Jurídica de la Universidad de Alicante (España) y de la Universidad de Palermo (Italia).

 

Cargos desempeñados: ha sido asesor jurídico del Concejo de Bogotá, de la Presidencia de la República en la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, del Senado de la República, de la Cámara de Representantes, de la Personería de Bogotá y del Ministerio del Interior.

 

Ocupación actual: litigante, miembro fundador del Consejo Nacional para la Defensa del Consumidor y asesor de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas.

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