Caducidad en reparación directa se computa desde respuesta al derecho de petición
Tribunal de Cundinamarca revoca decisión proferida por el juzgado de primera instancia.
Tribunal de Cundinamarca revoca decisión proferida por el juzgado de primera instancia.
Exequible condicionalmente expresión del artículo 153 del CGP (Ley 1564 del 2012).
Exequible condicionalmente expresión contenida en el segundo inciso del artículo 153 del Código General del Proceso.
La decisión la tomó la Corte Suprema de Justicia en el marco de una acción de tutela.
Bajo el único argumento que como director del proceso podía elegir la norma procesal con la que consideraba era mejor realizar tal actuación.
El abogado designado no cumplió con los deberes profesionales contenidos en el Código Disciplinario del Abogado.
Es posible solicitar la reparación del daño que se estime tenga como causa el acto administrativo que fue declarado nulo.
El CGP no regula lo concerniente a la sustentación del recurso en primera instancia, por lo que es imposible remitirse a este estatuto para efectos de determinar el trámite.
Representantes legales de entidades públicas no pueden surtir interrogatorio de parte que conlleva implícitamente a la confesión.
La plenaria del Senado discutirá la iniciativa y si sale adelante pasará a la Comisión Primera de la Cámara de Representantes.
Siempre y cuando se realice antes de que el juez emita alguna decisión al respecto.
Se encuentran temas relacionados con tarjetas profesionales, prácticas jurídicas y licencias temporales.
Frente a los actos contractuales el legislador delimitó su discusión únicamente al debate sobre su legalidad.