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Fallo que declaró inexequible retiro automático de notarios por discapacidad

Consejo Superior de la Carrera Notarial debe realizar ajustes que eliminen barreras de acceso a la función notarial.
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Demandan norma que dispone retiro automático de los notarios que sufran alguna discapacidad (Freepik)

16 de Abril de 2025

La Corte Constitucional publicó el texto del fallo mediante el cual declaró inexequibles las expresiones “cuando caiga en ceguera, mudez, sordera o” del primer párrafo del artículo 185 y “los ciegos y” del numeral 2 del artículo 133, ambas contenidas en el Estatuto de Notariado (Decreto 960/70).

Así mismo, exhortó al Consejo Superior de la Carrera Notarial y a la Superintendencia de Notariado y Registro a que incorporen ajustes razonables que eliminen barreras de acceso al desempeño de la función notarial y de permanencia en la misma de las personas con discapacidad visual, auditiva o del habla, cuya condición no resulte incompatible o insuperable para desempeñar las labores esenciales del cargo de notario. (Lea: Eliminan barreras para desempeñarse como notario por razones de discapacidad)

Según los demandantes, un tratamiento diferencial de esta naturaleza no resultaba justificado, pues además de que no permitía distinguir qué situaciones de discapacidad podían afectar realmente el ejercicio del cargo vulneraba las disposiciones que reconocen los derechos fundamentales laborales de las personas en situación de discapacidad como sujetos de especial protección constitucional.

El alto tribunal concluyó que las disposiciones cuestionadas vulneran el derecho a la igualdad, en los términos del artículo 13 de la Constitución, desconocen los derechos de las personas en condición de discapacidad de permanecer en el cargo de notarios en igualdad de condiciones que los demás trabajadores, así como los parámetros normativos y jurisprudenciales sobre incompatibilidad, aplicables al ejercicio de la actividad notarial.

En ese sentido, afirmó, existen acciones afirmativas razonables que les permiten a las personas con discapacidad visual, auditiva o del habla ejercer la función notarial en igualdad de condiciones. Entre ellas las de la Ley 1618 del 2013, las TIC y las que imponen el deber de adoptar un entorno laboral abierto, inclusivo y accesible y promover programas de rehabilitación, mantenimiento y reincorporación en el entorno de la carrera notarial (M. P. Jorge Enrique Ibáñez Najar).

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