23 de Noviembre de 2024 /
Actualizado hace 7 horas | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Opinión / Análisis


La relación entre ‘open banking’ y los pagos inmediatos en Colombia: un enfoque normativo

29 de Octubre de 2024

Reproducir
Nota:
211301
Imagen
cajero-banco-dinerobig-1509242000.jpg

Cristian Mosquera

Socio de Mosquera Abogados

Francisco Cantillo

Asociado de Mosquera Abogados

El fenómeno del open banking ha cobrado relevancia en el ámbito financiero colombiano, especialmente en el contexto de los pagos inmediatos. Es por eso que consideramos importante analizar la intersección entre ambas tendencias, explorando cómo las normativas colombianas están diseñadas para facilitar su implementación y desarrollo.

Para el efecto, es preciso definir open banking o finanzas abiertas, como un modelo bajo el cual los consumidores autorizan a las entidades financieras de las cuales son clientes para que la información financiera y transaccional sea consultada y utilizada por terceros, a través de interfaces de programación de aplicaciones (APIs), para el desarrollo de nuevos servicios y productos. Por su parte, en los términos de la regulación expedida por parte del Banco de la República, una orden de pago o transferencias de fondos inmediata es “la instrucción dada en los SPBVI por un Ordenante en cualquier día y hora para debitar recursos de su Medio de Pago y acreditarlos en el Medio de Pago de un Beneficiario en tiempo real, de acuerdo con las características que establezca el Banco de la República mediante reglamentación de carácter general”. Este tipo de órdenes de pago o transferencias de fondos mejoran la experiencia del usuario.

Como se desprende de las anteriores definiciones, es preciso tener en cuenta el siguiente marco normativo para la implementación del open banking y de los pagos inmediatos en Colombia:

(i) ‘habeas data’ financiero y Régimen General de Protección de Datos Personales (Leyes 1266 de 2008 y 1581 de 2012).

- La Ley 1266 de 2008 regula el habeas data financiero y establece las condiciones para el tratamiento de datos personales en el ámbito financiero. Esta normativa es fundamental para el funcionamiento del open banking, ya que exige el consentimiento del cliente para que las entidades financieras compartan sus datos.

- La Ley 1581 de 2012, que complementa la anterior, refuerza la protección de datos personales, garantizando derechos como el acceso, rectificación y supresión de información. En el contexto del open banking, estas leyes aseguran que el uso de datos se realice de manera responsable y transparente y siempre condicionada a la aquiescencia del titular.

(ii) Circular Básica Jurídica expedida por la Superintendencia Financiera (Circular Externa 029 de 2014).

- En esta circular, la Superintendencia Financiera imparte instrucciones a las entidades vigiladas relativas a la gestión de riesgos en la implementación de tecnologías financieras, la reserva bancaria, la seguridad en la realización de transacciones, las cuales es obligatorio tener en cuenta en los sistemas que permitan pagos inmediatos, enfatizando la necesidad de un entorno seguro y controlado.

(iii) Regulación del Banco de la República en materia de pagos inmediatos.

- En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial en lo previsto en el artículo 104 de la Ley 2294 de 2023, el Banco de la República expidió la Resolución Externa 6 de 2023 (octubre 31) y la Circular Reglamentaria Externa DSP-465 (su última versión del 20 de septiembre de 2024), normativa en la cual se regula “la interoperabilidad en los sistemas de pago de bajo valor que presten servicios relacionados con órdenes de pago y/o transferencias de fondos inmediatas (SPBVI), los requisitos y condiciones que deben cumplir las entidades administradoras de los sistemas de pago de bajo valor inmediatos (EASPBVI), así como las Órdenes de Pago y/o Transferencias de Fondos Inmediatas”.

Presentado el anterior marco normativo, se puede entrar a definir en qué aspectos se evidencia una interrelación en el open banking y los pagos inmediatos:

a) Interoperabilidad: en los términos de la Resolución 6 de 2023 expedida por el Banco de la República, la interoperabilidad se define como “la capacidad técnica, funcional, de negocio y operativa de un SPBVI que permite que los Ordenantes transfieran recursos a uno o a varios Beneficiarios, independientemente de si sus Participantes están en el mismo SPBVI o en diferentes SPBVI”. Es por ello que a través del open banking se puede facilitar la realización de órdenes de pago o transferencias de fondos en virtud de la realización de la actividad de iniciación de pagos (definida en el numeral 26 del artículo 2.17.1.1.1 del Decreto 2555 de 2010 y desarrollada en el artículo 2.17.4.1.1 y siguientes del mismo decreto). Las APIs facilitan la integración de servicios de terceros que pueden ofrecer soluciones de pagos, aumentando la competitividad y la variedad de opciones para los usuarios.

b) Mejora en la experiencia del usuario: el acceso a datos de los productos financieros y transacciones en tiempo real mejora la experiencia del cliente. Los usuarios pueden gestionar sus finanzas y realizar pagos inmediatos de manera más eficiente, con la seguridad de que sus datos están protegidos y serán tratados de acuerdo con la normativa vigente.

c) Innovación y nuevas soluciones financieras: el open banking fomenta la innovación, permitiendo a actores como las fintech y las entidades financieras desarrollar soluciones que permitan la iniciación de pagos, entre ellas, los pagos inmediatos. Esto se traduce en servicios más ágiles y personalizados, beneficiando tanto a consumidores como a empresas.

A pesar de los beneficios anteriormente mencionados, existen desafíos significativos en la implementación del open banking y de los pagos inmediatos en Colombia:

- Seguridad y protección de datos: las entidades financieras y fintech que deseen realizar o participar en la iniciación de pagos deben garantizar la seguridad en el manejo de datos, cumpliendo con las exigencias de las leyes 1266 de 2008 y 1581 de 2012.

- Confianza del usuario: la adopción de open banking depende de la confianza de los usuarios en que sus datos serán utilizados de manera responsable y segura.

- Regulación continua: es esencial que las autoridades sigan adaptando la normativa para abordar los cambios tecnológicos y garantizar un entorno competitivo y seguro.

En conclusión, la relación entre open banking y los pagos inmediatos en Colombia representa una oportunidad para modernizar el sistema financiero, mejorar la experiencia del usuario y fomentar la innovación. A través de un marco normativo adecuado, se pueden aprovechar las sinergias entre estos dos fenómenos, beneficiando a los consumidores y al sector en su conjunto. Sin embargo, es crucial abordar los desafíos legales y de seguridad para garantizar un desarrollo sostenible y confiable.

Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias, con los datos identificadores y documentos sin límite.

Paute en Ámbito Jurídico

Siga nuestro canal en WhatsApp.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)