Caducidad en reparación directa se computa desde respuesta al derecho de petición
Tribunal de Cundinamarca revoca decisión proferida por el juzgado de primera instancia.
Tribunal de Cundinamarca revoca decisión proferida por el juzgado de primera instancia.
Exequible condicionalmente expresión del artículo 153 del CGP (Ley 1564 del 2012).
Exequible condicionalmente expresión contenida en el segundo inciso del artículo 153 del Código General del Proceso.
El sistema de la Rama Judicial se ofrece como una plataforma de publicidad de las actuaciones.
Dentro del derecho de defensa en materia disciplinaria se encuentra la notificación de las decisiones que se adopten.
Los consorcios tienen capacidad para ser parte y comparecen al proceso a través de su representante.
Según del demandante, las autoridades disciplinarias pueden acceder a datos e información privada sin respetar su carácter reservado.
La caducidad se cuenta a partir de la ejecución de la sanción impuesta, siempre y cuando exista la necesidad de proferir un acto de esa naturaleza.
Tarea del juez no puede limitarse a verificar el cumplimiento de exigencias del artículo 226 del CGP de manera irrestricta.
Bajo ninguna perspectiva es permitido anteponer las deficiencias formales a la efectiva definición material del litigio.
La prescripción de la acción disciplinaria es una figura regulada tanto en la Ley 734 del 2002 como en la Ley 1952 del 2019.
El sistema está funcionando desde el pasado lunes 22 de enero y permitirá radicar tutelas en tres pasos.
Se explicó la funcionalidad de esta herramienta tecnológica, su importancia y los beneficios que trae para todos los servidores judiciales.