Caducidad en reparación directa se computa desde respuesta al derecho de petición
Tribunal de Cundinamarca revoca decisión proferida por el juzgado de primera instancia.
Tribunal de Cundinamarca revoca decisión proferida por el juzgado de primera instancia.
Exequible condicionalmente expresión del artículo 153 del CGP (Ley 1564 del 2012).
Exequible condicionalmente expresión contenida en el segundo inciso del artículo 153 del Código General del Proceso.
La injerencia directa de las partes cuando no son abogados reduce las posibilidades de éxito de sus reclamaciones.
Con el fin de garantizar el derecho de contradicción del demandado.
En caso de no existir acuerdo sobre su monto se debe determinar mediante el incidente de regulación de honorarios.
Su funcionamiento empezará cuando se sancione la reforma a la Ley Estatutaria de Administración de Justicia que determine su funcionamiento.
Sin embargo, no puede ser una función que corresponda a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
Aunque las publicaciones periodísticas son consideradas como pruebas documentales.
Demanda argumenta que la medida impone una forma de responsabilidad objetiva, sin examinar si la solicitud fue de mala fe o notoriamente improcedente.
La CNDJ dirimió un conflicto de competencia entre seccionales respecto a la presunta omisión de un funcionario encargado de garantizar el servicio de intérprete en el trámite de audiencias orales.
Se deben generar ajustes para que los adultos mayores en condiciones de aislamiento puedan acceder al diagnóstico y tratamiento.
La circunstancia de que el accionante no coincida con el criterio de la autoridad judicial no da lugar a dejar sin efecto la actuación.