Así puede acceder a la garantía de pensión mínima en un fondo privado
La solicitud se presenta ante el fondo de pensiones con cédula, cuenta bancaria y beneficiarios.16 de Abril de 2025
Los afiliados a fondos privados de pensiones que no logren reunir el capital necesario para financiar una pensión de vejez pueden solicitar la garantía de pensión mínima. Este beneficio asegura el pago mensual de una mesada equivalente al salario mínimo legal vigente, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la normativa colombiana.
Para iniciar el trámite, el afiliado debe acudir al fondo privado al que pertenece, presentar su cédula de ciudadanía, un certificado de cuenta de ahorros, la relación de beneficiarios y firmar los formatos exigidos por la entidad. La solicitud no tiene ningún costo y no requiere de abogado para ser tramitada. (Lea: Trabajadores del cuidado tienen derecho a que se reconozca tiempo para efectos pensionales)
Una vez presentada la solicitud, el fondo cuenta con un plazo de hasta cuatro meses para decidir sobre el reconocimiento de la pensión. Durante este tiempo, remite la información al Ministerio de Hacienda, entidad que evalúa y autoriza el reconocimiento de la pensión mínima. Dicha entidad también se encarga de aportar los recursos faltantes.
Cuando el ministerio autoriza el pago, el fondo privado incluye al afiliado en la nómina de pensionados y realiza el pago mensual correspondiente. El trámite se completa sin cobros adicionales y garantiza estabilidad económica a quienes cumplen con los requisitos exigidos.
Entre las condiciones se encuentran: tener al menos 1.150 semanas cotizadas, haber cumplido 57 años en caso de las mujeres y 62 en los hombres y no contar con el capital suficiente para financiar una pensión de vejez. Este mecanismo asegura una protección mínima para los trabajadores que aportaron al sistema y no logran un ahorro suficiente.
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