23 de Noviembre de 2024 /
Actualizado hace 2 horas | ISSN: 2805-6396

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El 7 % de plazas de concursos de ingreso a carrera administrativa serán para personas con discapacidad

16 de Agosto de 2024

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Piden a autoridades cumplir con exención de “pico y placa” para personas en situación de discapacidad (Freepik)

Fue sancionada la ley que modifica el régimen de acceso y ascenso en los concursos del sistema general de carrera administrativa para introducir medidas afirmativas en la provisión de empleos con personas con discapacidad.

La norma crea una reserva de plazas en los concursos y la gratuidad en la inscripción para esta población, con el objetivo de superar las circunstancias de desprotección y desigualdad en el acceso al empleo público.

Entonces, las instituciones del Estado que participen en los procesos de provisión de cargos a través de concursos de méritos deberán establecer diversas medidas para garantizar condiciones de igualdad en el ejercicio del derecho de ingreso a la función pública. La ley acoge la definición de persona con discapacidad del artículo 2 de la Ley 1618 del 2013, asegurando un marco claro y coherente para su implementación.

La provisión definitiva de empleos públicos se realizará mediante procesos de selección abiertos y de ascenso, reservando un 7 % de las plazas para personas con discapacidad. Esta reserva aplica tanto para los concursos de acceso como para los de ascenso gestionados por la Comisión Nacional del Servicio Civil o la entidad delegada. En caso de no cubrirse el porcentaje requerido, el proceso de selección y contratación continuará normalmente, garantizando siempre un ajuste positivo en el cálculo del 7 % de las plazas reservadas. (Lea: Definen condiciones para otorgar incentivo a la creación de nuevos empleos formales)

El concurso de ascenso busca permitir la movilidad a cargos superiores dentro de la misma entidad, sector administrativo o cuadro funcional de empleos.

Así pues, dentro de los próximos 12 meses, el Ministerio de Salud y Protección Social determinará el procedimiento para la certificación de discapacidad. Este procedimiento incluirá los requisitos para acreditar la existencia de la discapacidad y sus especificidades, conforme a lo dispuesto en la Ley 1618 del 2013 o la normativa que la modifique.  

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