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Presencialidad o virtualidad en la justicia, el debate está abierto

29 de Julio de 2021

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Presencialidad o virtualidad en la justicia, el debate está abierto

Trabajar desde la virtualidad como consecuencia de la pandemia ha generado posiciones encontradas. Aunque, en general, la mayoría lo ve como una oportunidad y reconoce sus beneficios, también están quienes advierten circunstancias poco favorables en esta nueva modalidad de ejercer las labores diarias. Por supuesto que el mundo de los abogados no está exento de este debate, pues durante el último año y medio la administración de justicia viró hacia una virtualidad total.

Por la premura con la que se adaptó el ejercicio del Derecho a estas nuevas circunstancias, los involucrados debieron aprender sobre la marcha (jueces, abogados, fiscales, auxiliares de la justicia y, por supuesto, los mismos usuarios de la justicia). (Lea: Aprueban plan de financiamiento para digitalizar la justicia)

En su momento, la apuesta del Ministerio de Justicia, el Consejo Superior de la Judicatura y de la Rama Judicial en general fue introducir cambios para evitar una parálisis de la administración de justicia.

Luego de más de un año, teniendo en cuenta que estamos en un punto en donde la apuesta es retornar progresivamente a la presencialidad, se empiezan a hacer balances sobre cómo le fue a la justicia virtual, las lecciones que ha dejado su funcionamiento y si este sería un punto de quiebre para cambiar el modelo sobre el cual debería operar este poder público.

En general, existe un consenso en torno a que son más los beneficios que los perjuicios que ha traído la virtualidad. En este contexto, el ministro de Justicia, Wilson Ruiz, ofreció declaraciones para impulsar un retorno general a la presencialidad dentro de la justicia.

Los detractores de esta postura señalan que el ministerio está ignorando los beneficios de la virtualidad y que al pretender volver a una actividad judicial presencial como la que había antes de la pandemia dejaría escapar una oportunidad de oro para ser más eficaz y eficiente. (Lea: Dian alista servicios digitales para presentar anticipadamente la declaración de renta)

ÁMBITO JURÍDICO invitó a varios miembros del Colegio de Abogados Penalistas para que expliquen su posición en este debate:

Virtualidad sí, pero no así

Como se dijo, aunque existe consenso en torno a que son más los beneficios que surgen de mantener la virtualidad que del retorno a la presencialidad, algunas voces también han señalado algunos de los aspectos negativos de esta modalidad o que requieren ajustes.

 

Una de estas voces es la de Fredy Machado, presidente de Asonal Judicial, sindicato más representativo de funcionarios de la rama, quien compartió con nosotros su balance al respecto. En general, evalúa la virtualidad en aspectos de ejecución y trámite de los procesos, así como en impacto para los funcionarios tanto en lo humano como en lo laboral. (Lea: Intercomunicación laboral y sindical a través de la intranet es una garantía de las libertades sindicales)

 

En lo positivo coincide con nuestros videocolumnistas sobre la mayor eficiencia que representa la virtualidad en materia de recursos físicos y de tiempo. Así mismo, resalta que el proceso se ha vuelto mucho más práctico, al simplificar aspectos como las notificaciones, el manejo de documentos y el registro de las audiencias.

 

Igualmente, la virtualidad resuelve las dificultades derivadas de la prohibición que existía para los funcionarios judiciales de llevar los expedientes físicos a su casa, dado que ahora, a través del expediente digital, pueden acceder con facilidad a estos.

 

Por el lado humano, destaca el mejoramiento de la calidad de vida de los funcionarios, porque les permite compartir más tiempo con sus familias, alimentarse mejor y no tener que enfrentarse a largos desplazamientos entre sus casas y las sedes judiciales. (Lea:Derecho 4.0: una oportunidad desde la transformación digital)

 

En oposición, considera que un aspecto negativo es que resulta contraproducente atar la actividad judicial de forma tan dependiente a la tecnología cuando la rama no cuenta, desde su criterio, con las mejores herramientas.

 

 

 

 

A nivel procesal considera que la virtualidad genera obstáculos en materia probatoria, dadas las limitaciones que los testigos pueden tener para acceder a internet o también porque se genera un riesgo de que estos puedan ser “influenciados” por terceros durante la práctica de pruebas. Por último, para Machado esta modalidad supone unas limitaciones a la hora de hacer traslados entre las partes de elementos materiales probatorios.

 

En cuanto a los aspectos que en su opinión requieren ajustes algunos de los que señala son:

 

-          Los costos de la prestación del servicio los están asumiendo los servidores judiciales. Los secretarios de los despachos igualmente están asumiendo cargas que en circunstancias normales le correspondían a los centros de servicios.

 

-          La conectividad y el acceso a los recursos que permitirían una justicia virtual deben garantizarse de forma plena e igualitaria en todo el territorio nacional. Por ejemplo, en regiones periféricas o apartadas como la Amazonia o San Andrés.

 

-          La renovación de los equipos, de tal forma que todos los servidores judiciales cuenten con la infraestructura tecnológica para llevar a cabo su trabajo adecuadamente en la virtualidad. Por ejemplo, pone de presente que no todos los equipos cuentan con cámaras.

 

-          Para el caso de los procesos penales, es necesario establecer con claridad quién asume la responsabilidad de conectar a las audiencias a las personas privadas de la libertad en las estaciones de policía. Según Machado, dicha responsabilidad se rota entre el INPEC, la policía y el CTI, lo que hace difícil ubicar a las personas para conectarlas a las audiencias.

 

¿Qué dice el Ministerio de Justicia?

 

Aunque aún no hay un pronunciamiento oficial por parte de la cartera, el ministro Ruiz se ha referido al tema en entrevistas con otros medios de comunicación, así como de forma transversal en ruedas de prensa sobre otros temas. (Lea: “Hay un consenso en todos los sectores sobre la necesidad de introducir reformas a la justicia” )

 

Precisamente a mediados del mes de junio, en una entrevista, mencionó la necesidad de regresar a la presencialidad. Aunque insistió en que una de las prioridades era la justicia digital, a la cual le reconoció bondades en lo concerniente al acercamiento entre los usuarios y la administración de justicia, explicó que era necesario mantener la presencialidad mientras el modelo virtual entraba a operar de forma plena y óptima.

 

Estas declaraciones del ministro levantaron polémica entre los abogados, que se muestran en desacuerdo frente a esta posición:

 

 

 

 

Desde entonces, el ministro ha seguido dando declaraciones relacionadas con el tema de la virtualidad. Justamente la semana pasada, en el marco de la radicación de los proyectos de ley para modificar el estatuto arbitral y crear el estatuto de conciliación, al mencionar una de las novedades que incorporaría este último, el ministro afirmó:

 

 

“Introduce en los procesos de conciliación los medios virtuales. (…) La pandemia nos ha traído muchos problemas, no solamente en Colombia, sino a nivel mundial, pero esto nos ha servido también para que la gente se dé cuenta de que la virtualidad es un modelo que tenemos que entrar a seguir. De modo que dentro de esta ley está contemplándose la parte de la virtualidad para que la gente desde sus casas con el solo hecho de tener internet pueda tranquilamente radicar su solicitud de conciliación”. (Lea: Minjusticia radicó dos proyectos para modificar el estatuto arbitral y crear un estatuto de conciliación)

 

Aunque en la rueda de prensa no lo mencionó expresamente, en sus redes sociales el ministerio también señaló la incorporación de la virtualidad dentro del trámite arbitral como una de las novedades de la reforma radicada. De inmediato, esto levantó polémica entre quienes abogan por el establecimiento de la virtualidad para todo tipo de procesos:

 

 

 

 

¿Qué dice el Consejo Superior?

 

Al consultar al Consejo Superior de la Judicatura sobre su posición al respecto la magistrada Gloria Stella López, presidenta de la Corporación, optó por destacar algunas de las cifras relacionadas con la transformación digital que ha vivido la Rama como consecuencia del inicio de la pandemia. (Lea: Descargue la conciliación de la reforma a la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia)

 

De acuerdo con López, se avanzó “en el expediente electrónico y el fortalecimiento de la virtualidad para algunas actuaciones judiciales, lo que nos lleva a decir que la justicia digital sí es posible. Antes de la pandemia la atención era presencial, ahora tenemos canales de atención virtual para el recibo de las comunicaciones, memoriales, demandas, acciones de tutela y habeas corpus, atención virtual al ciudadano y remates virtuales, entre otros”.

 

Una de las cifras que más llama la atención es la que da cuenta del incremento del número de audiencias y reuniones de trabajo virtuales, las cuales pasaron de 29 mil a más de 800 mil. (Lea: Aprenda cómo hacer trámites virtuales ante el Registro Nacional de Abogados)

 

Estas son algunas de las cifras presentadas por el Consejo Superior:

 

-          Se recibieron por canales de atención virtuales 190.979 tutelas, es decir el 32,3  % del total de 589.469 acciones de este tipo radicadas en 2020.

-          Se recibieron 110.819 demandas en el aplicativo para la recepción en línea de demandas civiles, laborales, de familia y de lo contencioso administrativo. Esto es solo en el piloto que el Consejo Superior de la Judicatura implementó para Bogotá.

-          Durante 2020, en el portal de restitución de tierras, se recibieron más de 3.268 demandas electrónicas a través del formulario de radicación.

-          Se logró el envío electrónico de 150 mil tutelas desde todos los despachos judiciales del país con destino a la Corte Constitucional. López explicó que dicho envío antes se hacía físicamente, por lo que el cambio permitió la reducción de costos, tiempo y mitigar el impacto ambiental de dicho trámite. Agregó que “[c]on este nuevo modelo electrónico se estima, hacia futuro, reducir los costos de envío, que ascienden a más de 11 mil millones anuales en correspondencia física”. (Lea: Tutelas en pandemia)

 

Destacó también sistemas como el Samai del Consejo de Estado, “una estructura tecnológica por medio de la cual lo que antes se hacía presencialmente ahora está disponible de manera virtual, sin tener que acudir a las sedes”.

 

Finalmente, indicó que el “Plan Estratégico de Transformación Digital de la Rama Judicial (PETD) tiene una inversión de $ 1.2 billones para el periodo 2021-2025 y fija la ruta de los próximos años para consolidar el Plan de Justicia Digital”.

 

Aunque el propósito de una justicia digital viene desde antes de la pandemia, lo que estas cifras permiten observar es que la transformación ocurrida para garantizar el funcionamiento de la rama y de la administración de justicia fue principalmente obligada por las circunstancias.

 

Por ello, el debate no se agota en los cambios que se dieron como consecuencia de la pandemia, sino respecto al modelo mismo que se implantaría de aquí en adelante usando las actuales circunstancias como excusa para acelerar la implementación de un modelo de justicia digital. (Lea: Durante la pandemia no pueden requerirse copias físicas ni certificadas para tramitar recurso de queja)

 

A propósito de este tema, en su más reciente columna para ÁMBITO JURÍDICO titulada “Por la puerta de atrás”, el profesor Ramiro Bejarano advierte que dentro de la recientemente aprobada reforma a la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia se introdujeron disposiciones que prohibirían la virtualidad para el recaudo y práctica de pruebas. Para Bejarano esto “contradice el espíritu del mismo proyecto de ley estatutaria, el cual está montado sobre el propósito de avanzar en el montaje y el desarrollo de la justicia digital”.

 

Finalmente, los invitamos a participar en redes sociales dándonos su opinión sobre si es necesario volver a la presencialidad o si es posible seguir prestando un servicio de justicia virtual en las actuales condiciones. Estamos en Instagram y Facebook como @ambitojuridicolegis y en Twitter como @ambitojuridico. 

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