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Tribunal de Cundinamarca identifica abusos en comparendos de Bogotá relacionados con aplicaciones de transporte

Algunas actuaciones de las autoridades las considera ‘abusivas’, especialmente en la imposición de comparendos y cobro de multas.
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10 de Abril de 2025

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca emitió varias sentencias que ordenan a las autoridades de tránsito de Bogotá tomar medidas que garanticen los derechos de los conductores sancionados por infracciones relacionadas con aplicaciones de transporte.

Una de las decisiones contra la Secretaría Distrital de Movilidad busca corregir prácticas que vulneran el debido proceso de los ciudadanos, pues se evidenciaron actuaciones que pueden ser consideradas ‘abusivas’, especialmente en la imposición de comparendos y el proceso de cobro de multas.

Se identificó la falta de garantías para que los conductores puedan ejercer su derecho a la defensa, como dificultades para acceder a pruebas y demoras en la resolución de los recursos presentados.

En uno de los casos la autoridad que impuso el comparendo, después de conversar con un tercero y perseguir al conductor, le endilgó una infracción sin confrontar esa información con los involucrados. Para el tribunal, esto podría llevar a la imposición de multas injustas, por ejemplo, que un ciudadano, por mala fe o equivocación, informe que determinado vehículo con determinadas características le prestó un servicio cuando no fue así.

En otra sentencia se pudo comprobar que en la orden de comparendo se describían las presuntas circunstancias de tiempo, modo y lugar en las que se habría cometido la infracción, pero con enmendaduras, anotaciones al margen y sin la firma del presunto infractor, tampoco había datos de notificación ni la firma de algún testigo que confirmara el precio pagado al servicio de transporte pedido mediante una aplicación tecnológica.

Así, los fallos piden asegurar que los conductores sean debidamente notificados sobre sus infracciones y tengan acceso a un procedimiento transparente y justo, además de respetar el principio de contradicción, permitiendo impugnar las sanciones sin obstáculos administrativos indebidos.

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