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Actualizado hace 27 minutos | ISSN: 2805-6396

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Demanda dice que aplicación de normativa sobre lactancia debe extenderse a hombres trans y personas no binarias

23 de Abril de 2024

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Nota:
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lactancia-materna-OTI (freepick)

La Corte Constitucional admitió una demanda de inconstitucionalidad en contra de los artículos 1, 2, 3 y 4 (parciales) de la Ley 2306 del 2023 y 238 (parcial) del Código Sustantivo del Trabajo (CST), modificado por el artículo 6 de la Ley 2306, sobre el derecho de las mujeres a amamantar a sus hijos en el espacio público, adecuación de espacios amigables y descansos remunerados durante la lactancia.

Los demandantes solicitan que se declare la exequibilidad condicionada de las expresiones “madre”, “trabajadora” y “mujer” contenidas en las normas mencionadas, en el entendido que todo lo allí regulado se hace extensible a los hombres trans y las personas no binarias, quienes en su concepto han sido excluidas injustificadamente. (Lea: Presunción de despido por embarazo no se extiende a permisos remunerados para lactancia de la Ley 2306 del 2023)

Y es que los hombres trans y las personas no binarias, al igual que las mujeres, experimentan procesos de gestación, agregaron. Por lo tanto, al regularse la licencia de maternidad y demás derechos sin incluir a hombres trans y personas no binarias, teniendo estos la capacidad de gestar y voluntariamente poder hacerlo, genera una afrenta grave y cierta al principio de igualdad y al derecho a la seguridad social. (Lea: Sancionan ley de protección a la maternidad y la primera infancia).

De otra parte, argumenta la demanda, la Sentencia C-324 del 2023, por la cual se extendió la aplicación de las licencias en la época del parto a los hombres trans y personas no binarias, es un precedente de gran relevancia e importancia que debe ser tenido en cuenta para tramitar esta demanda.

En efecto, indica, si es inconstitucional omitir injustificadamente o discriminar a los hombres trans y personas no binarias del goce de la licencia de maternidad y parentales compartida y flexible, con mayor razón es inconstitucional omitir injustificadamente o discriminar a esta población de lo establecido en la Ley 2306 del 2023, que justamente es una legislación con la cual se busca promover la maternidad y la primera infancia.

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