24 de Noviembre de 2024 /
Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


Desalojos de personas desplazadas deben garantizar derechos al debido proceso y a recibir alternativas de vivienda

19 de Septiembre de 2024

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Confirman sanción por más de $ 203 mil millones por grave daño ambiental que sufrió el río Anchicayá (GobernacionValle)

Cuando los ocupantes irregulares de un inmueble son desplazados y es necesario su desalojo se deben garantizar sus derechos al debido proceso y a recibir alternativas de vivienda. No obstante, precisó la Corte Constitucional, esto no se traduce en que se pueda suspender de manera indefinida el desalojo. Por el contrario, se debe realizar con el pleno de garantías, dentro de las que está la inclusión de los ocupantes en soluciones de vivienda a mediano y largo plazo.

La ola invernal ocurrida en el país entre 2010 y 2011 causó el desbordamiento de algunos ríos, lo que destruyó el ahogar del accionante, quien vivía en la ronda del río Apartadó y lo obligó a desplazarse con su familia. En el año 2019, le fue otorgada una vivienda de interés social, pero no fue entregada materialmente. Cuando se dispuso a habitarla encontró que la misma había sido ocupada por una mujer y su familia, también damnificados por el desbordamiento del río.

Esta mujer no era la propietaria del inmueble, pero ante su necesidad apremiante decidió ocuparlo de manera irregular. Las autoridades locales convocaron audiencia de conciliación en la que la alcaldía le ofreció ayuda por tres meses a cambio de que desalojara la casa. Sin embargo, ella decidió quedarse allí. La inspección de policía ordenó el desalojo, pero este no se materializó.

Según el alto tribunal, la Alcaldía de Apartadó vulneró los derechos del accionante al no realizar actuaciones diligentes para entregarle el inmueble de su propiedad y/o garantizarle una solución habitacional temporal ante su necesidad urgente de vivienda. De otra parte, desconoció sus obligaciones sobre la protección a la mujer y su familia, quienes ocuparon de manera irregular el inmueble.

Fueron emitidas órdenes dirigidas a la alcaldía accionada encaminadas a proteger a la familia ocupante de la vivienda en disputa, entre ellas que se le otorgue una solución de vivienda temporal y que sea incluida en la oferta institucional de la entidad. Además, se advirtieron problemas estructurales en el sistema de gestión del riesgo de desastres en el municipio de Apartadó, asociados a los riesgos que genera el río, por lo que se ordenó fortalecer su funcionamiento (M. P. Natalia Ángel Cabo).

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