¿Innovar o transformar la oferta de servicios jurídicos?
Carolina Ibarra Duque
Coorganizadora Legal Hackers Capítulo de Medellín
Es usual que las palabras “innovación” y “transformación” sean asociadas, así como en el Derecho sucede con las palabras legal y jurídico, sin que estas representen lo mismo o sean equivalentes. Lo mismo sucede cuando se asocia innovación con tecnologías físicas y disruptivas.
Es apenas natural, teniendo en cuenta que, en menos de un siglo, la intersección entre las tecnologías mecánicas y las eléctricas están permitiendo eliminar las barreras territoriales y temporales para comunicarnos e interactuar con otros lugares y otras culturas en tiempo real.
Sin embargo, con las facilidades que han habilitado los usos masivos de tecnologías y sobre todo de tecnologías digitales, han llegado desafíos fácticos asociados a:
- La interculturalidad.
- La interpretación semántica.
- Las formas de hacer negocios y el impacto jurídico, comercial y financiero de estos.
- La gestión de la información, asociada a los modelos de negocio que la capitalizan y a los desafíos de seguridad de esta.
- La reputación, el posicionamiento y el impacto comercial de estos en contextos físicos y digitales.
Cada uno de estos desafíos tiene relación directa con el Derecho, la legislación, la prestación de servicios jurídicos y la transformación del sector jurídico de manera que den respuesta a las necesidades actuales de sus destinatarios.
Es clara la proveniencia de las estructuras regulatorias y legislativas que aún se conservan de siglos anteriores, las cuales marcan las “reglas del juego” para la sana convivencia en las sociedades. Sin embargo, también es evidente la posibilidad y la facilidad de interacción social, comercial, económica y jurídica desde diferentes lugares del mundo de manera simultánea que ha abierto la masificación del uso del internet; lugares que, por su ubicación geográfica, están legislados de maneras significativamente diferentes.
¿Qué relación tienen estas apreciaciones en la innovación y en la transformación de los servicios jurídicos? Tienen una relación de impacto vinculada con:
- El problema que se busca satisfacer.
- Los usuarios a quienes se dirige el proceso de innovación o de transformación (internos o externos).
- Los costos y el retorno de inversión que representa para quien lo propone, lo promueve y lo materializa.
- La fiabilidad en el cumplimiento legislativo, inherente a la oferta y prestación de servicios jurídicos.
- La capacidad de conservar la oferta de valor en el tiempo o, en su defecto, de iterarla sin afectar negativamente los intereses de los diferentes actores del servicio que innova o que es consecuencia de un proceso de transformación.
- El posicionamiento, la retención y las referencias comerciales de quien ofrece los servicios.
En conclusión, si bien los procesos de innovación y transformación están relacionados, es pertinente precisar que son conceptos y procesos con los cuales se satisfacen necesidades diferentes para los modelos de negocio, quienes los ofertan y quienes los consumen.
Para el caso de la oferta de servicios jurídicos específicamente, se han identificado procesos de transformación en firmas y despachos de abogados, los cuales buscan ampliar su oferta de servicios, agilizar la operatividad y disminuir los costos fijos, implementando tecnologías de la información, alianzas comerciales y diseño de negocios emergentes, para conservar o incrementar su competitividad en el mercado.
Por su parte, hay otro segmento en la oferta de servicios jurídicos, que encuentra lugar en los procesos de innovación, porque la oferta de sus servicios está motivada en dar respuesta a necesidades concretas para usuarios del sector jurídico, con una proyección incremental en la oferta y la sostenibilidad de sus servicios, creciendo de manera paulatina e incluso articulándose comercial y operativamente con actores de otros sectores económicos para afianzar su oferta de servicios.
También es pertinente precisar que los procesos de innovación y transformación no están asociados necesaria y obligatoriamente a las tecnologías digitales y su implementación. El uso de estas es consecuencia de un análisis del modelo de negocio, su propuesta de valor, sus objetivos y su cultura organizacional con el cual sea posible establecer una herramienta que satisfaga su necesidad real sin incurrir en sobrecostos.
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