Justicia para cada feminicidio
Gina Cabarcas Maciá
Directora del Laboratorio de Justicia y Política Criminal y Comisionada de Reforma a la Justicia
La violencia contra las mujeres no va a erradicarse con una ley. Una ley, por sí sola, difícilmente evitará que el feminicidio de Steffany Barranco, en Bogotá, o el de Mayra Tovar, en Cali, ambos en el último mes, se repitan. Tampoco evitará que en los servicios de salud o judiciales se exponga a las mujeres, e inclusive se les niegue la atención por considerar que la violencia que vienen a denunciar no es suficientemente grave o puede resolverse a puerta cerrada en su casa. Tampoco evitará que algunos de los extranjeros que abusan de niñas evadan la justicia. Sin embargo, una ley que nos permita soñar con un modelo de justicia que revierta patrones históricos de discriminación puede ser un paso adelante para reivindicar la función del Derecho y su implementación efectiva puede ampliar el acceso a la justicia, así como proteger vidas.
En la última década, Colombia ha hecho esfuerzos por avanzar en la sanción del feminicidio. En el 2015, se incluyó el delito autónomo en el Código Penal. Cada vez más homicidios de mujeres son calificados así y, aunque no es generalizado, cada vez hay más sanción social a esta violación. Pero, de acuerdo con la última encuesta de necesidades jurídicas del Dane, solo 4 de cada 10 mujeres que tienen un problema relevante para el Derecho acuden a una institución para resolverlo y mientras que la Fiscalía reportó 761 feminicidios entre el 2020 y el 2023, el Observatorio de Feminicidios en Colombia reportó más del doble (1.937).
A partir del llamado que hizo la vicepresidenta Francia Márquez, luego de su visita a Kenia de crear cortes para la violencia basada en género como viene ocurriendo en ese país desde el 2023, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Igualdad y algunas de las personas que hacemos parte de la Comisión de Reforma a la Justicia nos dimos la tarea de convocar al movimiento de mujeres y de personas LGBTIQ+ para lograr un proyecto de ley que, entre muchas otras innovaciones, amplía las herramientas judiciales, penales y no penales, para lograr la protección inmediata de las mujeres en riesgo de violencia feminicida; modifica las reglas para el ingreso a inmuebles por parte de la Policía cuando hay situaciones de violencia; cualifica los actos urgentes y de investigación en casos de violencia basada en género y establece la creación gradual de centros de atención integral y especializada para la erradicación de violencias basadas en género o por prejuicio, liderados por la judicatura.
Inclusive con casas de justicia cerca, una mujer víctima de violencia basada en género debe acudir a múltiples instituciones para recibir una atención integral. Probablemente, tocará la puerta de la comisaría, se dirigirá a Medicina Legal, si decide poner una denuncia, además irá a la Fiscalía, que seguramente la tendrá que llamar varias veces para ampliar su relato. Si vive lejos de un centro poblado tendrá, además, que superar todas las barreras de transporte para lograr llegar a una autoridad que pueda escucharla. Los(as) funcionarios(as) de cada una de estas instituciones sentirán frustración por no resolver las necesidades de esta mujer y, algunos, inclusive, intentarán cubrir con sus propios recursos elementos básicos de la atención. Los centros que propone la norma, coordinados por la Judicatura, incluyen equipos para su atención, protección y representación jurídica. Además, incorporan analistas, peritos, investigadores, fiscales y jueces para ofrecer un modelo coordinado de justicia que pueda tener objetivos y prioridades comunes. Se espera que los centros empiecen operando en aquellos lugares con mayores índices de violencia y donde el acceso a la justicia ha sido más esquivo con facultades para itinerar.
Las mujeres y personas LGBTIQ+ que están siendo perseguidas y su vida corre peligro necesitan medidas de protección rápidas y efectivas. Por ejemplo, en Buenaventura y en otras ciudades, las mujeres tienen que agotar trámites adicionales a la denuncia penal para lograr medidas de protección que, en los casos que son otorgadas por las comisarías de Familia, no tienen el respaldo judicial. El proyecto de reforma aumenta las oportunidades judiciales para solicitar estas medidas: crea la función de garantías en derechos para las víctimas de violencias basada en género y por prejuicio en materia penal y la acción de salvaguarda ante un juez de cualquier rama.
Algunas de las mujeres víctimas de violencia con potencial feminicida, como Stefanny y Mayra, a quiénes recordé en el párrafo inicial, no podrán acudir por sí solas a una autoridad y necesitarán que sus familiares, vecinos o algún ciudadano concernido llame a la policía pidiendo ayuda en su nombre. El proyecto de reforma incluye una causal adicional para que la policía pueda ingresar a inmuebles cuando las circunstancias de riesgo o maltrato sean informadas por la comunidad, testigos o ser detectadas directamente por los funcionarios de policía. Además, cualifica los actos urgentes y de investigación en los casos de violencia basada en género y por prejuicio y con esto abre la oportunidad de fortalecer la investigación para lograr judicializaciones exitosas.
Como dije, una ley nueva no erradicará la violencia contra las mujeres, pero puede ser el principio de una institucionalidad pensada intencionalmente para no maltratarlas en el proceso y especializar los recursos escasos hacia una justicia más efectiva y humana que llegue a lugares donde hoy no lo hace.
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