Viacrucis tributario
Juan Camilo Serrano Valenzuela
Abogado y asesor tributario
Este año inició con noticias contradictorias para el Gobierno Nacional y los contribuyentes, por cuenta de las decisiones de inconstitucionalidad de normas aprobadas en la reforma del 2022.
Es necesario advertir que la inconstitucionalidad de la prohibición de deducir regalías o las modificaciones al Régimen Simple de Tributación obedece a la terquedad del Gobierno y del Congreso de la República, al insistir en sobrecargas tributarias por razones contrarias a los principios constitucionales, por lo que resultan apenas justas las decisiones de la Corte, cuya responsabilidad consiste en el cumplimiento de la Constitución, de sus principios y de sus formas, como garantía de nuestro Estado de derecho que, por fortuna, aún determina nuestra organización política.
Las decisiones, no obstante, han generado grandes retos para la administración tributaria y para el Gobierno en general, por la necesidad de recuperar los ingresos calculados, y para los contribuyentes afectados, por las mismas decisiones y por la incapacidad administrativa de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Nos vamos a referir solo a las personas naturales que, por varias razones, se encuentran con injustas dificultades para el cumplimiento de sus obligaciones y el pago de valores que, de manera sorpresiva, aparecen a cargo de quienes, con la seguridad que otorga la Constitución Política de mantener un régimen igual durante todo el periodo fiscal, se acostaron sin deudas fiscales y amanecieron con deudas impagables, como consecuencia de la interpretación de la Dian respecto del fallo de inexequibilidad de las modificaciones al Régimen Simple.
Razón tiene la Corte al sostener que las diferencias en las cargas tributarias entre actividades similares son legítimas, pero deben obedecer a razones justificadas y no a meros caprichos de las autoridades, como ocurrió con el tratamiento diferencial al ejercicio de profesiones liberales, aprobado en la reforma tributaria del 2022, que nadie, ni el Congreso ni el Gobierno, supo explicar, por lo que el restablecimiento de la equidad tributaria se justifica plenamente.
No obstante, también debe respetarse la confianza legítima de sectores que aceptaron la invitación de la ley de acogerse a un sistema tributario por el 2023 y que, de la noche a la mañana, la Dian consideró que debían pagar con tarifas que superan el 200 % de su tributación, aunque hubiera ya finalizado el periodo fiscal, en contradicción del principio filosófico establecido en la Constitución, en su artículo 363.
Así les ocurrió a los profesionales independientes del sector de la salud, cuyo grupo del impuesto Simple fue declarado inexequible en diciembre del 2023, y el alcance de la decisión, interpretado por la Dian en marzo del 2024, causó enormes pasivos tributarios a estos contribuyentes, que creyeron legítimamente en la ley y deberán pagar más del triple de lo inicialmente calculado.
Y ni qué decir del invento de la doctrina oficial al considerar que la declaratoria de inexequibilidad clasificó en el grupo 3 del Simple al sector de educación y servicio social, cuando la norma revivida no los menciona, y deben estar en el grupo 2 residual, aunque no es la única dificultad, por cuenta de una ley mal diseñada.
Otra cruz es la modificación de las bases del impuesto de renta para personas naturales sin ajustar las tarifas de retención en la fuente, lo que a nadie se le habría ocurrido, por lo menos en la técnica legislativa en materia tributaria desde hace más de 80 años.
O la imposibilidad de presentar declaraciones consolidadas en las fechas establecidas, por la incapacidad de ajustar el sistema de información rápida y oportunamente, o la habilitación de profesionales que no pudieron optar por el Simple y que, como consecuencia de la interpretación oficial, podrán hacerlo de manera retroactiva para el 2023.
Tal parece que la administración, como lo hicieron los romanos hace 2.000 años, pondrá a las personas naturales a transitar un viacrucis tributario durante el 2024, pues las soluciones, todas ellas, son tardías y adversas al ciudadano, pues reaccionaron tarde para resolver las nuevas circunstancias, que, como decía Séneca, “cuando se está en medio de las adversidades, ya es tarde para ser cauto”.
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