Opinión / Análisis
“Corte Constitucional viola la Carta de 1991 al declarar estados de cosas inconstitucionales”: Jorge Humberto Botero
26 de Mayo de 2014
Así, en tono categórico, pero respetuoso, se refirió el exministro y actual presidente de Fasecolda, el gremio asegurador, al rol del máximo tribunal constitucional colombiano en relación con la protección de derechos fundamentales por vía de tutela.
En síntesis, la postura de Botero cuestiona los excesos del llamado neoconstitucionalismo, a la luz de las competencias estatales señaladas por la Carta Política de 1991, y reaviva el viejo debate entre quienes defienden los fallos que dictan políticas públicas -en algunos casos con incidencia directa en el presupuesto a cargo del Ejecutivo-, y quienes creen que ante la inoperancia del mismo, y de los vacíos que en el ordenamiento jurídico deja el poder Legislativo, el juez constitucional está llamado, no solo a salvaguardar la integridad de la Constitución, sino a hacerla cumplir en sentido material y subsidiario, dictando para ello los fallos que considere pertinentes.
Por la claridad de los argumentos expuestos por Botero en su intervención durante la clausura del II Congreso Internacional de Derecho de Seguros, el pasado 9 de mayo, creemos que vale la pena reproducir en su totalidad el mencionado texto, cuyos apartes principales aparecen en la edición 394 de ÁMBITO JURÍDICO, que circula desde hoy, en espera de que suscite un amplio debate, especialmente en los círculos académicos.
Para descargar el texto haga clic aquí.
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