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El nuevo perfil de los decanos en las facultades de Derecho

30 de Septiembre de 2015

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Carlos Mario Molina Betancur

Director Ejecutivo Asociación Colombiana de Facultades de Derecho (Acofade)

 

Si el mundo jurídico cambió considerablemente desde hace tres décadas, ¿por qué las decanaturas de las facultades de Derecho no lo han hecho?

 

La respuesta no es fácil, dado el número de circunstancias que intervienen en las actividades cotidianas de los decanos en las facultades de Derecho. Pero vamos por partes.

 

Su cargo

 

El nombre “decano” designa, según la Real Academia Española, el académico más antiguo de la facultad, el hombre más experimentado y el que conduce a todo el equipo de profesores hacia la excelencia de la enseñanza y el aprendizaje de una disciplina. En pocas palabras, es el experto más antiguo que preside.

 

En las instituciones públicas de educación superior esa es la regla: los poderosos sindicatos de las universidades públicas velan por que los decanos tengan un número de años de experiencia como profesor y como administrador, que cuente con publicaciones y con cierto prestigio académico entre profesores y alumnos. En algunas de tales instituciones existe, incluso, un reglamento que determina los criterios que debe llenar este apetecido personaje. Sin embargo, pocas de ellas hacen la elección por medio de voto popular con participación de los estudiantes.

 

Por el contrario, en las instituciones privadas de educación superior la regla es la designación directa por parte del rector. Los decanos son los hombres de confianza del máximo dirigente institucional y permanecen en sus cargos de acuerdo con los resultados obtenidos, con la permanencia del rector y, algunas veces, según el humor de los dirigentes.

 

En algunas ocasiones se encargan de dichos cargos a profesores jóvenes sin mucha experiencia y con poco apoyo de los estudiantes de la facultad. Dadas las fuerzas que mueven las bases de estas instituciones, un decano en una facultad de Derecho difícilmente supera los cuatro años en el cargo, lo que no permite que los procesos educativos se afiancen ni tampoco que se consolide un grupo importante de profesores, pues quien dice nuevo decano dice nueva planta profesoral.    

 

Su labor

 

La función de un decano de facultad de Derecho es una actividad de superhéroe. Es un personaje omnipresente en todas las actividades políticas y académicas de la institución, el alma de los procesos y el timonel de los destinos administrativos de su organización.

 

El decano es el personaje político por excelencia en una facultad de Derecho: da declaraciones ante la prensa; ofrece discursos en toda inauguración de eventos; recibe a los quejumbrosos padres de familia y a los rebeldes estudiantes; responde cientos de llamadas al día; felicita a los graduandos; atiende a los pares académicos; asiste a las innumerables reuniones institucionales; participa en las convocatorias de Acofade y otras tantas asociaciones: de egresados, de abogados o de litigantes, de empresarios o de becarios; atiende toda solicitud proveniente de profesores o de estudiantes; dirige los coordinadores de área y vela por la imagen de la facultad ante los ranking que publica la comunidad académica.

 

Es común verlos correr desbordados en sus agendas de trabajo y apresurados en su larga lista de reuniones que tienen en las universidades. En la parte administrativa, la carga no es de poca monta. Un decano de una facultad de Derecho tiene que partir su jornada de trabajo en 100 microrreuniones de comités: curricular, de facultad, académico, de investigación, de coordinadores, de acreditación, de formación profesoral, de planeación, de presupuesto, de renovación de registro, de evaluación docente, de autoevaluación, primario, de posgrados, financiero y de editorial, entre muchas otras.

 

Es decir que el “superhéroe” en una facultad de Derecho no ha conocido todavía la clonación, pero la practica diariamente: debe estar en todas partes al mismo tiempo, resolverlo todo sin protestar y preparar miles de informes sin excusa de cansancio o de obligaciones familiares o personales. De su energía y participación depende, en gran parte, su puesto de trabajo, además, debe estar sonriente y amable en todas las fotos de grado, beber y bailar en cada fiesta del egresado.

 

Un cambio curricular

 

Las nuevas tendencias de la educación jurídica imponen desde Bolonia y a partir de las recomendaciones Tuning y “6x4”, una nueva dinámica en las facultades de Derecho. Los decanos deben ser personas bien formadas y experimentadas, que conozcan de las nuevas tendencias mundiales en materia de competencias, acreditación, TIC, ciencia, tecnología e innovación, apropiación y transferencia del conocimiento, internacionalización, desarrollo social sostenible y medición del conocimiento.

 

El versado personaje debe dirigir la tropa de profesores hacia las necesidades de formación que exige el siglo XXI. Es un líder en toda la amplitud de la palabra, es alguien que debe impulsar su facultad desde abajo hacia los más altos estándares de calidad: dirigiendo, asesorando, propiciando el trabajo en grupo, participando de eventos académicos nacionales e internacionales, así como de actos en organizaciones gubernamentales y de administraciones regionales, en la nueva dinámica de formación universidad, empresa, Estado, y planear, además, de forma sostenible, la financiación de la facultad, con perdurabilidad e impacto en el medio local.

 

Por las nuevas exigencias globales y transversales que tiene actualmente la formación jurídica, el nuevo decano del siglo XXI debe salir de su escritorio y jalonar su facultad más desde afuera que desde adentro.

 

Obstáculos estructurales

 

Desde hace más de 30 años, la estructura de las facultades de Derecho sigue siendo la misma. No hay una reglamentación ni una directiva institucional por parte del Ministerio de Educación que guíe los destinos de estos importantes personajes. Dentro de las universidades, poca importancia se le presta a esta estructura, los salarios son bajos y, en algunos casos, se complejiza su labor, por la historia y las dinámicas propias de algunas instituciones que lo enfrentan, con otros cargos similares, como los directores de programa, los directores de departamento o los directores de posgrado. Además, dentro de las estructuras administrativas, por grande que sea la facultad, difícilmente se encuentran más de dos secretarias o más de dos asistentes administrativos.

 

La figura del vicedecano no es la regla general, y la mayoría de las decisiones importantes de los decanos deben tener autorizaciones o consultas de otro nivel superior a su cargo. Los “superhéroes” de las facultades de Derecho no cuentan, en muchos casos, con los recursos necesarios u oficinas adaptadas para poder realizar esa labor de titanes que les corresponde. No podemos olvidar que de esa función depende, en gran parte, la excelente formación que deben tener políticos, administradores, empresarios, jueces y litigantes de nuestro país. Su trabajo no ha sido lo suficientemente valorado en nuestro medio y, sin embargo, allí podría estar el secreto de un adecuado desarrollo sostenible de Colombia.

 

Hace falta, en realidad, mayor claridad estructural en las facultades de Derecho, mucha más confianza en los decanos y mejor autonomía en sus cargos, para poder valorar, como es debido, la labor de los “superhéroes” que deben presidir los destinos de las facultades de Derecho del siglo XXI.

 

Esta sección es patrocinada. Las opiniones publicadas aquí son responsabilidad exclusiva de Acofade.

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